San Antonio: Advierten sanciones por no embanderar durante Fiestas Patrias

El embanderamiento debe realizarse del 1 al 31 de julio de 2026, conforme a lo establecido en el Decreto de Alcaldía N.° 007-2026.

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Las personas que no cumplan con el embanderamiento obligatorio por Fiestas Patrias en el distrito de San Antonio podrán ser sancionadas con multas de hasta S/ 1,100, de acuerdo con la Ordenanza Municipal N.° 005-2025.

El gerente de Servicios Municipales y Gestión Ambiental, Ing. Jorge Ghersi, informó que el embanderamiento debe realizarse del 1 al 31 de julio de 2026, conforme a lo establecido en el Decreto de Alcaldía N.° 007-2026, el cual dispone que todos los vecinos del distrito deben izar la bandera durante ese periodo.

SANCIONES ESTABLECIDAS

De acuerdo con la ordenanza, no izar la bandera nacional o la bandera distrital cuando lo disponga la autoridad municipal constituye una infracción sancionada con el 20% de la UIT, equivalente a S/ 1,100.

Asimismo, izar una bandera deteriorada o colocarla de manera inadecuada es sancionado con el 10% de la UIT, equivalente a S/ 550.

En tanto, no retirar la bandera al concluir el periodo oficial de embanderamiento genera una multa del 15% de la UIT, equivalente a S/ 825.

LLAMADO AL CUMPLIMIENTO

El funcionario precisó que todas las personas que residen en el distrito de San Antonio deben cumplir con el izamiento de la bandera durante el periodo establecido, a fin de evitar la aplicación de las sanciones contempladas en la normativa municipal.

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