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lunes, septiembre 1, 2025

Río Tambo ¿ni mitigación de la contaminación ni remediación ambiental?

¿Cuántas veces han coordinado el Poder Ejecutivo: MIDAGRI, MINEM, MINAM, MINSA; con el Gobierno Regional de Arequipa y la Municipalidad Provincial de Islay?

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POR: EDGARD NORBERTO “BETO” LAJO PAREDES

Han transcurrido dos años de la Ley N.° 31861, Ley que declara de interés nacional la mitigación de la contaminación y la remediación ambiental del río Tambo en la provincia de Islay, departamento de Arequipa. (El Peruano: 03/08/2023).

Su disposición complementaria final única, textualmente, dice:

“En el marco de la declaración de interés nacional, establecida en el artículo único, y al ejecutarse el objeto de dicha declaración, el Poder Ejecutivo a través de los sectores competentes, en coordinación con el Gobierno Regional de Arequipa y los gobiernos locales de la provincia de Islay, garantiza la ejecución de las siguientes medidas:

a) Identificación del nivel de contaminación ambiental hídrica en el río Tambo.

b) Adopción de medidas urgentes para la reducción del riesgo muy alto.

c) Priorización e implementación del plan de atención integral de salud para la intervención de prevención y protección de las personas de los efectos de metales pesados en la salud.

d) Identificación e implementación de soluciones técnicas que reduzcan los contaminantes en el agua para consumo humano en los distritos afectados, con especial énfasis en la reducción de metales pesados.

e) Identificación e implementación de acciones de remediación de los pasivos ambientales mineros en la provincia de Islay, departamento de Arequipa.

f) Acciones de fiscalización y monitoreo ambiental.

g) Otras medidas necesarias para la mitigación de la contaminación y la remediación ambiental del río Tambo en la provincia de Islay del departamento de Arequipa, fundamentadas en estudios técnicos por las entidades competentes”.

Desde esta tribuna, pedimos se nos responda:

¿Cuántas veces han coordinado el Poder Ejecutivo: MIDAGRI, MINEM, MINAM, MINSA; con el Gobierno Regional de Arequipa y la Municipalidad Provincial de Islay?

¿El alcalde provincial de Islay, cuántas veces ha convocado a los alcaldes distritales para monitorear la aplicación de la Ley N.° 31861?

¿Los congresistas por Arequipa, el consejero regional de Islay, los regidores provinciales, han fiscalizado la implementación, ejecución y cumplimiento de las medidas propuestas en la Ley N.° 31861?

Haya de la Torre dijo: “no hay buenos o malos pueblos, lo que hay son buenos o malos dirigentes”. Parafraseando al maestro Víctor Raúl, decimos: no hay buenos o malos municipios, lo que tenemos son malísimas autoridades municipales provinciales.

Es pertinente y oportuno que el congresista Jaime Quito, autor de la Ley N.° 31861, dentro de la semana de representación, a través de su despacho congresal, programe una reunión de trabajo con los seis alcaldes de las municipalidades de la provincia de Islay, para tratar sobre resultados de “la mitigación de la contaminación y la remediación ambiental del río Tambo”, con la finalidad de retomar este tema, elaborar un plan de acciones, con su cronograma, asignando tareas concretas a los alcaldes y gestionar el presupuesto, para su cabal cumplimiento, ante el Ministerio de Economía y Finanzas.

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