La Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia emitió una sentencia de vista en el caso por el delito de usurpación de funciones contra Luis Trigoso Palao, actual vicegobernador regional, y otros funcionarios. Dicha disposición resuelve declarar la nulidad de la sentencia impugnada y retrotraer el proceso hasta la etapa intermedia, a raíz del recurso de apelación presentado.
El Ministerio Público procederá conforme a sus facultades, ya que se ha vulnerado el debido proceso al existir un vicio en la aplicación del derecho.
En el documento se declara la nulidad de la Resolución N° 11, Sentencia N° 01-2024, de fecha 4 de enero de 2024, que sentenciaba a Luis Alberto Trigoso Palao como autor, y a Claudia Verónica Arias Telles, Manuel Erik Góngora Coaguila, Luis Alberto Núñez Pauca y Emmy Jenny Willbrecht Romero como cómplices, por el delito contra la Administración Pública en la modalidad de usurpación de funciones, en agravio del Estado, representado por el Procurador Público de los asuntos judiciales del Gobierno Regional de Moquegua.
De esta manera, se declara la nulidad de todo lo actuado hasta la etapa intermedia, retrotrayendo el proceso hasta la audiencia de control de acusación, según lo expuesto en la presente resolución.
Asimismo, deberá tenerse en cuenta el principio de celeridad procesal, y el órgano jurisdiccional a cargo de este proceso incurrirá en responsabilidades en caso de incumplimiento. En caso de producirse un nuevo juicio oral, deberá estar a cargo de un juez distinto al que emitió la resolución anulada.