Por: Edgard Norberto Lajo Paredes
De acuerdo a la Resolución Ministerial Nº 133-2020-MIDIS se autorizó una transferencia financiera a favor del Ministerio de Salud, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales, para la contratación de bienes y servicios necesarios y complementarios con la finalidad de continuar con la implementación de la Red de Soporte para el Adulto Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa (El Peruano: 27/08/20).
El Decreto de Urgencia Nº 026-2020 establece una Red de Soporte para el Adulto Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa; el Decreto de Urgencia Nº 095-2020 aprueba Intervenciones Temporales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social MIDIS, y autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, asignándose a la Unidad Ejecutora 001 Sede Central – MIDIS, la suma de S/ 29 568 385,00, para la contratación de bienes y servicios necesarios y complementarios con la finalidad de continuar con la implementación de la Red de Soporte para el Adulto Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa.
TRANSFERENCIA A GOBIERNOS LOCALES
También autoriza al MIDIS a realizar transferencias a favor del MINSA, MIMPV, de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales; el Decreto Supremo Nº 005-2020-MIDIS establece el diseño de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa; la Resolución Ministerial Nº 066-2020-MIDIS, aprueba la Directiva Nº 005-2020-MIDIS “Documento Técnico para la implementación de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa”.
PAUTAS A GOBIERNOS LOCALES
La Resolución Viceministerial Nº 001-2020-MIDIS/VMPES, aprueba el “Manual para la implementación a nivel local de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, para la prevención y control del COVID-19, con el objetivo de establecer las pautas que deben seguir los Gobiernos Locales.
CERTIFICACIÓN A PROFESIONALES Y TÉCNICOS ENCARGADOS DE LAS CONTRATACIONES
Además, con la Resolución Nº 114-2020-OSCE/PRE se ha formalizado y aprobado la ampliación de vigencia de certificación a profesionales y técnicos que residan en provincias y departamentos declarados en aislamiento social obligatorio, así como a los adultos mayores (El Peruano: 31/08/20).
Con Resolución Nº 031-2020-OSCE/PRE, se aprobó la Directiva Nº 002-2020-OSCE/CD “Certificación de los profesionales y técnicos que laboren en los órganos encargados de las contrataciones de las entidades públicas”, la cual establece que la certificación otorgada por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE tiene una vigencia de dos (2) años.
AMPLIACIÓN DE VIGENCIA DE CERTIFICACIÓN
Por noventa (90) días calendario, a los profesionales y técnicos que residan en las provincias y departamentos declarados en aislamiento social obligatorio, así como a los adultos mayores de sesenta y cinco (65) años, cuyo vencimiento de su certificación ocurra en los meses de agosto y setiembre de 2020.