La Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio de Lima rechazó por unanimidad los recursos de apelación presentados por Pilar Nores de García, así como por Carla, Josefina, Gabriela y Alan Simón García, contra las medidas cautelares establecidas a los bienes del exmandatario, Alan García.
La resolución de la Sala del Poder Judicial, integrada por los magistrados María Vásquez Vargas, Clotilde Cavero Nalcarte y David Quispe Salsavilca, determina que la medida que se dictó el pasado 31 de enero de este año está «debidamente motivada».
«(…) Se ha verificado el cumplimiento y justificación de la idoneidad, necesidad y proporcionalidad en sentido estricto; y, por tanto, se encuentra debidamente motivada la medida cautelar solicitada. En consecuencia, la apelación interpuesta por la defensa técnica del requerido, deviene en infundada», indica el texto de la decisión.
De esta manera, el Poder Judicial declaró fundada la resolución que establece medidas cautelares, la primera de inhibición de un inmueble en el distrito de Miraflores, con la intención de que este no pueda ser transferido.
Asimismo, una medida de no innovar o modificar la membresía que tenía el expresidente, Alan García, en el Lima Marina Club y de un espacio para embarcación en la playa Los Yuyos de Miraflores.
Además, una tercera medida de embargo en forma de retención sobre el derecho a un crédito ascendente a 840,874 dólares, más el interés compensatorio equivalente al porcentaje de rentabilidad neta que se obtenga en el marco del desarrollo de un proyecto inmobiliario.
Estas medidas cautelares forman parte del proceso de extinción de dominio o pérdida de dominio seguida contra bienes vinculados al expresidente Alan García sobre las cuales la fiscalía postula que estarían relacionados a la investigación sobre su presunta vinculación con la empresa brasileña Odebrecht.