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22 noviembre, 2024 5:27 am

¿Quién es responsable de las muertes?

Solo queda demostrar que vulneraron las Reglas del Uso de la Fuerza (RUF) que prohíbe expresamente los disparos indiscriminados…

POR: ABOGADO CÉSAR MARÍN CÁCERES   

Ahora que el premier Alberto Otárola declaró ante la Fiscalía por la denuncia por las muertes en las protestas, por el delito homicidio calificado, lesiones graves y genocidio, donde manifestó que las Fuerzas Armadas no le informaron de sus planes operativos, prácticamente está diciendo que quien debe responder por las muertes son los miembros de las FFAA y Policía Nacional. Otárola no asumió ninguna responsabilidad sobre la muerte de 48 civiles durante las protestas, bajo el argumento que los responsables son los ejecutores, es decir los militares y policías.

El artículo 20 numeral 11 del Código Penal establece: El personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que, en el cumplimiento de su deber y en uso de sus armas u otro medio de defensa, cause lesiones o muerte, están exentos de pena, ósea son inimputables.

Se conoce que hay protestantes detenidos con prisión preventiva o con una sentencia anticipada que ha sido emitida por parte del Poder Judicial con la rapidez de una bala, pero de parte de los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional nadie está detenido por haber causado la muerte de los protestantes.

Entonces nos preguntamos ¿quién es responsable de la muerte de los 48 civiles en las protestas?, si los miembros de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas están exentos de pena. Si el premier Otárola declara ante la Fiscalía que no sabía nada y tampoco sabía nada la presidenta Dina Baluarte y que los responsables son los ejecutores ósea los policías y militares.

En este caso los jueces que van a conocer esos casos, no tienen que aplicar el artículo 20 numeral 11 del Código Penal, es decir deben hacer control difuso y aplicar la Constitución Política y los tratados internacionales que son obligatorios en el Perú conforme lo establece la cuarta disposición final y transitoria de la Constitución, sobre todo aplicar la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que señala que el uso de la fuerza debe ser proporcional.

En consecuencia, se debe procesar al premier Otárola y a la presidenta Dina Boluarte, así como a los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que han causado las muertes. Solo queda demostrar que vulneraron las Reglas del Uso de la Fuerza (RUF) que prohíbe expresamente los disparos indiscriminados, ya que según los resultados balísticos han fallecido con disparos en la cabeza y el tórax, y en varios casos también por la espalda.  Solo de esa manera se podrá hacer justicia.

Análisis & Opinión