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Publican ordenanza municipal sobre protocolos para playas en la provincia de Islay

La norma señala que los concurrentes a las playas deberán ingresar a éstas por las zonas señalizadas por la municipalidad y con apego estricto a los protocolos en sí, como someterse a la toma de temperatura, portar un kit con elementos de bioseguridad que contenga alcohol, mascarillas, toallas, entre otros.

La tan esperada norma que muestre los protocolos de bioseguridad aplicados al tema de turismo y playas en Mollendo, fue recientemente publicada por la Municipalidad Provincial de Islay, mediante la Ordenanza Municipal Nº 465-2020-MPI, en donde se detalla ampliamente los lineamientos sanitarios para el destino turístico de la provincia de Islay, dentro del plan para la vigilancia, prevención y control del Covid-19.

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APLICACIÓN PROVINCIAL

En ese sentido, cabe precisar que la norma dispone una serie de medidas de aplicación provincial, destacando el uso de playas del litoral de la provincia de Islay, permitiendo el uso de estas zonas de descanso, como playas, malecones, ciclovías, etc. en donde se tengan que aplicar los protocolos correspondientes.

PROTOCOLOS EN LAS PLAYAS

Otra medida explica que los concurrentes a las playas deberán ingresar a éstas por las zonas señalizadas por la municipalidad y con apego estricto a los protocolos en sí, como someterse a la toma de temperatura, portar un kit con elementos de bioseguridad (alcohol, mascarillas, toallas, entre otros). Además, mantener la distancia de al menos 2 metros entre sombrillas, salvo que sean parte de un mismo grupo familiar.

La norma reitera la prohibición de la venta y consumo de bebidas (excepto agua) y alimentos, según el Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM.

SUPERVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO

Por todo ello, se lee en la ordenanza, que la municipalidad con su personal autorizado y el apoyo de la policía nacional, podrá impedir el acceso de las personas que no cumplan con los protocolos antes mencionados, pudiendo inclusive ser retirados de las playas aquellos que en su interior también las desacaten.

INFRACCIONES Y MEDIDAS

Además, como señala el artículo 5º de la norma municipal, se ha establecido un cuadro de infracciones y medidas a tomar ante el incumplimiento de los protocolos, considerando así el retiro de la playa a los usuarios que se “resistan a llevar permanentemente la mascarilla” o a cumplir normas de bioseguridad, como no respetar el distanciamiento entre sombrillas. Igualmente se procederá al decomiso de alimentos y/o bebidas cuya venta y consumo estén prohibidas.

SOBRE CONTRATOS DE SERVICIOS EN PLAYAS

Por otro lado, en el acápite de las disposiciones finales de la ordenanza, se anota que en el caso que el gobierno central o “sector correspondiente” disponga el cierre de playas, los contratos entre el municipio y los concesionarios de los servicios de playa, deben disponer la devolución de la renta pactada en forma proporcional a los días dejados de laborar.

LA FIRMA DEL ALCALDE

La ordenanza es rubricada por el alcalde provincial de Islay. Edgar Rivera Cervera y la secretaria general Mary Ann Zúñiga Lluncor, con fecha 18 de diciembre de 2020, siendo publicada en el portal de la comuna el 23 de diciembre, según indicó el gerente municipal en una comunicación por redes sociales.

DATO:

Dentro de la ordenanza se detallan ocho páginas con los lineamientos explícitos, recalcando la participación y responsabilidad para el cumplimento de estos protocolos de tres actores, antes, durante y después de la actividad cumplida en playas y turismo en general; estos son: las autoridades locales, los prestadores de servicios tirsitos y los visitantes. Esta parte incluye además diversos mecanismos de sensibilización y señalización permanente a la población sobre el tema, así como las consideraciones respecto a la limpieza e higiene en las playas.

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