En el diario oficial El Peruano se publicó la Ley Nro. 31897, que deroga la Ley 31876, ley que regula el proceso de ejecución de obras por administración directa a nivel nacional.
En su artículo único, se deroga la Ley 31876, ley que regula el proceso de ejecución de obras por administración directa a nivel nacional y se deja sin efecto toda norma que esté en concordancia con dicha ley.
A partir de la entrada en vigor de la presente ley, se aplica de forma transitoria la Resolución de Contraloría 195-88-CG, referida a normas que regulan la ejecución de obras públicas por administración directa.
Como se recuerda, gobernadores regionales y alcaldes realizaron una protesta contra el Congreso en Lima exigiendo la derogatoria de la Ley 31876.
La cuestionada norma establecía que ni los gobiernos locales ni los gobiernos regionales que podrían invertir en obras que no pasen los S/ 247,500, dejando de lado la ejecución de proyectos de envergadura, por lo que el dispositivo fue calificado como un atentado contra el proceso de descentralización y la reactivación económica del país.
Posteriormente, se logró derogar la ley 31876 que limita la inversión en obras por administración directa con 106 votos a favor, 0 en contra y 7 abstenciones.