El Ministerio de la Producción (Produce) determinó la veda reproductiva del recurso choro (Aulacomya atra) en el litoral peruano para el periodo del 15 de setiembre al 30 de noviembre de 2025. Así lo estableció a través de la Resolución Ministerial Nº 00306-2025-PRODUCE, publicada en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
La norma establece la veda reproductiva del recurso choro (Aulacomya atra) en el litoral peruano a partir del 15 de setiembre de 2025 hasta el 30 de noviembre de 2025, quedando prohibido durante dicho periodo la extracción, desembarque, transporte, procesamiento, comercialización y almacenamiento de dicho recurso.
El periodo de veda establecido en el precitado numeral puede modificarse si el Instituto del Mar del Perú (Imarpe) evidencia cambios en la evolución del proceso reproductivo del referido recurso hidrobiológico, para lo cual remite al Ministerio de la Producción las recomendaciones correspondientes.
El transporte, procesamiento, comercialización o almacenamiento del recurso choro (Aulacomya atra) puede realizarse siempre y cuando se cuente con documentación indubitable y de fecha cierta, que acredite que dicho recurso hidrobiológico fue extraído con anterioridad al inicio del periodo de veda reproductiva establecido en la presente norma.