¿Por qué condenaron a Magaly Medina a casi dos años de pena suspendida?

POR: DR. PHD. JAVIER FLORES AROCUTIPA       

La periodista Magaly Medina Vela utilizó más de diez adjetivos y frases para difamar al futbolista Jefferson Farfán, de los cuales tres se consideraron como difamación agravada según el tipo penal. Estos adjetivos fueron: «santo cachón», «venancio» y «padre que abandona a sus hijos».

Visto el Expediente: 7387-2019-0-1801-JR-PE-05 donde los Jueces: Baca Cabrera/Izaga Pellegrín/Sandoval Querellada: Magaly Jesús Medina Vela Delito: Difamación Agravada, Querellante: Jefferson Agustín Farfán Guadalupe. Se puede observar de la Sala ha valorado que hay animus difamandi cuando Magaly Medina le dice a Jefferson Farfán “santo cachón de futbol peruano» y «Venancio». Dado que si bien estas son expresiones que versan en forma coloquial, las mismas dan a entender que una persona ha sido pasible de una infidelidad realizada por su pareja; se debe precisar que la querellada Medina Vela en su programa, ha realizado dicho comentario en forma de sátira, lo cual son expresiones generalizadas ante la población común cuando se quiere indicar que alguien ha sido engañado.

Sin embargo, se debe señalar que dicho comentario no lo realizó en forma general sino específica, dirigida al querellante, siendo frases ofensivas e hirientes que rebasa el razonable ejercicio de derecho de crítica y evidencia en su conjunto un elemento interno difamatorio, lo cual ha sido realizado con todo el ánimo de trastocar el honor de la persona y su dignidad; agregado a ello inventó un personaje de nombre “Jeffry”, que es como la misma querellada lo menciona en sus programas al querellante, creando una sección de “doctora sin corazón”, donde expone la vida privada y menoscabo al honor del querellante; por lo cual se advierte la existencia del animus difamandi” el otro factor por el que comete delito de difamación es cuando la conductora le dice a Farfán “que por atender a Yahaira Placencia “descuida a sus hijos” “los tiene abandonados”  .

La apelación interpuesta por la presentadora de televisión para anular su sentencia de difamación fue desestimada por el Poder Judicial el martes 14 de noviembre. La institución judicial confirmó la sanción, imponiendo a la conductora un año y ocho meses de suspensión de la pena privativa de libertad y una compensación económica de 100 mil soles al futbolista afectado.

El exdelantero de Alianza Lima expresó su satisfacción en las redes sociales, describiendo la decisión como «Un lindo comienzo» y compartiendo una imagen del fallo judicial en su cuenta de Instagram.  Este litigio tiene su origen en el año 2019, cuando la presentadora emitió en su programa ‘Magaly TV La Firme’ ciertas imágenes del jugador conocido como ‘la Foquita’ en una celebración con Yahaira Plasencia, insinuando que mantenían una relación sentimental.

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