La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional confirmó la resolución de primera instancia que impuso al expresidente Pedro Pablo Kuczynski la medida de impedimento de salida del país durante cuatro meses.
El colegiado también confirmó la resolución que varió la medida de detención domiciliaria por la de comparecencia con restricciones para el expresidente de la República.
Kuczynski es investigado por el Equipo Especial Lava Jato por la presunta comisión del delito de lavado de activos en la modalidad de conversión, transferencia y ocultamiento, con los agravantes de pertenecer a una organización criminal y su condición de exfuncionario público.
La fiscalía le impuso reglas de conductas al exmandatario entre ellas la prohibición de comunicación con sus coimputados Gloria Jesús Kisic Wagner, José Luis Bernaola Ñufflo y Gerardo Rafael Sepúlveda Quezada.
De igual manera, Kuczynski debe comparecer ante ese juzgado cada 30 días, a efectos de informar sus actividades, en la fecha y horario establecido por esta instancia para el control biométrico respectivo.
También tiene prohibido ausentarse de Lima Metropolitana, salvo que se cuente con autorización judicial, debiendo informar del lugar de su residencia en un plazo de 48 horas.
Tampoco puede efectuar declaraciones a medios de prensa radiales, escritos o televisivos, respecto del caso en el que está inmerso, y que perturben la actividad indagatoria (probatoria).
Todo ello, bajo apercibimiento expreso de que, en caso de incumplimiento de las restricciones y previo requerimiento, se procederá a revocar la medida, volviéndose al statu quo del arresto domiciliario.