Como ya lo había adelantado en Prensa Regional, el abogado municipalista mollendino, Norberto Lajo Paredes, las autoridades del gobierno regional así como locales, en el caso de la provincia de Islay, debieron ya, desde la aplicación del Decreto Supremo 044-2020-PCM y otras disposiciones, poner en marcha una serie de acciones a fin de aportar al cumplimiento en sus respectivas jurisdicciones del rol que les cabe en la respuesta pública articulada ante esta emergencia por el coronavirus.
COORDINACIÓN CON EL COER
En ese sentido, este sábado la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) puso de conocimiento a gobernadores, alcaldes y alcaldesas del país que, entre otras obligaciones, deben establecer, en el marco del Centro de Operaciones de Emergencia Regional (COER), a la brevedad, un espacio de coordinación permanente de alto nivel en cada departamento, entre gobernador y alcaldes provinciales, para analizar la situación y organizar la respuesta coordinada a la emergencia.
PLAN REGIONAL DE RESPUESTA
Asimismo deberán elaborar un plan regional de respuesta ante la situación de emergencia que contenga la organización, atención y fortalecimiento de los servicios de salud, el paquete de servicios priorizados para las personas adultas mayores con alto riesgo y personas con discapacidad severa, la realización de las adecuaciones presupuestales para el pago de los bonos al personal de salud, así como la organización de los servicios de agua y saneamiento, limpieza pública y disposición de residuos sólidos, y seguridad ciudadana, según corresponda a cada realidad local, en coordinación con las entidades competentes.
COORDINAR CON LA PNP Y FFAA CUMPLIMIENTO DEL ESTADO DE EMERGENCIA
Otro llamado de la PCM está referido a difundir y coordinar con la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas el estricto cumplimiento del Estado de Emergencia Nacional, bajo responsabilidad, garantizando el acceso de la población al abastecimiento de alimentos, medicinas, así como la continuidad de los servicios de salud, agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios y otros, contribuyendo a canalizar a ello toda la logística pública disponible.
GARANTIZAR SERVICIOS PÚBLICOS
Igualmente se invoca a las autoridades de los gobiernos regionales y locales, garantizar la operación de los servicios públicos a su cargo, principalmente gestión de residuos sólidos y agua potable y saneamiento en el caso de los gobiernos locales, y atención de salud en el caso de los gobiernos regionales. Asegurar, asimismo, la asistencia del personal indispensable para la operación de dichos servicios, procurando en todo lo que esté a su alcance, la protección de la salud de dicho personal en el desarrollo de sus tareas.
GARANTIZAR SERVICIOS DE SALUD
En el caso de los gobiernos regionales, éstos deberán asegurar que los establecimientos y redes de salud de su responsabilidad funcionen al máximo de su capacidad, así como su abastecimiento oportuno con los insumos requeridos aplicando los procedimientos establecidos en el marco de la situación de emergencia, en coordinación permanente con el Ministerio de Salud.
FUNCIONAMIENTO DE CENTROS DE ABASTOS
Asimismo, las autoridades deberán asegurar que funcionen los mercados, supermercados y otros centros de abastos en su localidad entre las 5 a.m. y las 8 p.m., disponiendo si fuera el caso medidas que permitan regular el aforo máximo de dichas instalaciones de manera que sus usuarios puedan respetar la distancia interpersonal mínima recomendada por las autoridades de salud.
APOYO A LA PNP Y FFAA EN LA CADENA DE ABASTECIMIENTO
Las autoridades deberán asimismo, apoyar a la Policía Nacional del Perú y a las Fuerzas Armadas para que los servicios de transporte de carga que abastecen a la cadena de comercialización de alimentos y bienes de consumo diario indispensables para la población puedan movilizarse, sólo con las limitaciones establecidas en las normas dictadas por el Poder Ejecutivo en el marco de la emergencia nacional.
COMUNICAR A LA POBLACIÓN SOBRE AISLAMIENTO
Otro punto está referido a comunicar permanentemente a la población la importancia del estricto cumplimiento del aislamiento social obligatorio y la inmovilidad de 8 p.m. a 5 a.m., así como las sanciones que recibirán los ciudadanos que no cumplan esa disposición.
Finalmente, se destaca que los alcaldes así como el gobierno regional deberán difundir el protocolo establecido mediante R.M. N° 304-2020-IN para la implementación de las medidas que garanticen el ejercicio excepcional del derecho a la libertad de tránsito en el marco del Estado de Emergencia Nacional, para la prestación de los bienes y servicios esenciales que requiere la población en el marco del estricto cumplimiento del aislamiento social obligatorio, en coordinación con la Policía Nacional del Perú.
LA PREGUNTA
Una pregunta queda en el aire ¿Habrán diseñado las estrategias de acción los alcaldes de la provincia de Islay y el gobernador regional de Arequipa, para hacer frente al coronavirus en aplicación del Decreto Supremo 044-2020-PCM?