Nuevas disposiciones sobre el Himno Nacional y la bandera peruana

El reglamento establece que la entonación del Himno Nacional será obligatoria los lunes en las Fuerzas Armadas, PNP y en las instituciones educativas públicas y privadas al inicio de la jornada escolar, además de ceremonias cívicas y actos protocolares.

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La Ley N.° 32251-2025 dispone que el Himno Nacional del Perú deberá entonarse todos los lunes a las 8:00 a. m., durante el izamiento de la bandera, en diversas instituciones del país como parte de las acciones orientadas a fortalecer el respeto por los símbolos patrios.

De acuerdo con el reglamento de la norma, esta disposición es de cumplimiento obligatorio en todos los cuarteles, guarniciones, unidades militares y dependencias de las Fuerzas Armadas, así como en las instalaciones de la Policía Nacional del Perú (PNP).

COLEGIOS TAMBIÉN DEBERÁN CUMPLIR LA MEDIDA

La normativa establece que las instituciones educativas públicas y privadas deberán entonar el Himno Nacional al inicio de la jornada escolar de los lunes, además de hacerlo durante las ceremonias cívicas y actos protocolares.

El capitán de puerto de Ilo, Víctor Lun Pun, señaló que la finalidad de la ley es fortalecer la identidad nacional, preservar la naturaleza histórica y la forma gráfica de los símbolos patrios, así como promover el respeto por ellos.

PRECISAN USO CORRECTO DE LA BANDERA

La autoridad marítima indicó que la norma también incorpora modificaciones relacionadas con la denominación del pabellón nacional y la bandera de guerra.

Asimismo, recordó que las viviendas deben izar únicamente la bandera peruana sin escudo y que no está permitido incorporar flecos dorados ni alterar los colores oficiales de los Emblemas Nacionales.

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