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MP desiste de pedido de comparecencia con restricciones e impedimento de salida del país contra Karem Roca

La Primera Fiscalía Anticorrupción de Lima se desistió del pedido que hizo ante el Poder Judicial para que se imponga mandato de comparecencia con restricciones e impedimento de salida del país por nueve meses contra Karem Roca, exasistenta del despacho del presidente de la República, Martín Vizcarra, por el caso de los contratos de Richard Cisneros, más conocido como ‘Richard Swing’, en el Ministerio de Cultura.

La instancia fiscal envió este viernes por la mañana un escrito al despacho de la juez Sonia Bazalar Manrique, donde le comunica que se desiste de las medidas que había solicitado contra Roca Luque como parte de la investigación preparatoria que se le inicio por este caso.

La medida también fue dada a conocer por la fiscal adjunta anticorrupción Viviana Robles Quesada durante la audiencia virtual que programó la jueza Bazalar Manrique para la tarde de este viernes afín de analizar el requerimiento fiscal.

Similar medida adoptó la Primera Fiscalía Anticorrupción de Lima en el caso del exfuncionario del Ministerio de Cultura, Mauricio Salas Torreblanca, implicado en el caso.

Las restricciones que había solicitado la instancia fiscal para ambos investigados eran las siguientes:

  • La obligación de no ausentarse de la localidad en que residen sin autorización expresa del juez de investigación preparatoria especializado en delitos de corrupción de funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Lima.
  • Presentarse puntualmente ante el despacho fiscal las veces que sean citados en el curso de la investigación promovida contra ambos.
  • Presentarse puntualmente ante el órgano jurisdiccional cada 30 días (el último día hábil de cada mes) para el control correspondiente.

Ante ello, la juez Sonia Bazalar Manrique declaró fundado el desestimiento de los pedidos que hizo dicha instancia fiscal y resolvió que Karen Roca Luque y Mauricio Salas Torreblanca afronten esta investigación preparatoria bajo mandato de comparecencia simple (sin ningún tipo de restricciones). RPP

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