lunes, 13 de octubre de 2025
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Moquegua: aumentan los sentenciados por robo agravado (2012–2025)

El número de internos por robo agravado crece 40% en trece años, pero su participación dentro de la población penitenciaria total disminuye ante el auge de otros delitos.

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POR: DR. PHD. JAVIER FLORES AROCUTIPA

La tabla refleja la evolución del número de internos (reos) condenados por robo agravado y robo agravado en grado de tentativa, entre los años 2012 y julio de 2025, junto con el porcentaje que representan dichos delitos dentro del total de la población penitenciaria.

Este tipo de análisis permite identificar tendencias delictivas regionales, el impacto de políticas de seguridad y la incidencia de delitos violentos contra el patrimonio.

Respecto del marco jurídico y doctrina penal aplicable del robo (art. 188 del Código Penal), se configura cuando una persona se apodera de un bien mueble ajeno, con violencia o amenaza contra la persona, con el propósito de obtener provecho ilícito. La doctrina lo define como un delito pluriofensivo, que lesiona simultáneamente el patrimonio y la libertad individual de la víctima.

Robo agravado (art. 189 del Código Penal). El robo agravado es una forma calificada del robo común, donde concurren circunstancias de mayor peligrosidad o reprochabilidad, tales como, por ejemplo, el uso de armas de fuego o explosivos, la comisión por dos o más personas, la ejecución en inmueble habitado o en transporte público, y la lesión grave o muerte de la víctima.

Doctrinalmente, el robo agravado es considerado un delito complejo de resultado múltiple, pues agrava la pena no solo por el daño patrimonial, sino por el riesgo adicional a la vida, la integridad o la tranquilidad social. Las penas fluctúan entre 10 y 20 años, pudiendo llegar a cadena perpetua si resulta la muerte de la víctima.

Robo agravado en grado de tentativa (art. 16 del Código Penal). La tentativa ocurre cuando el agente inicia la ejecución del delito, pero no logra consumarlo por causas ajenas a su voluntad. Según la doctrina penal, en la tentativa existe: inicio de ejecución, ausencia de resultado típico y persistencia de la voluntad criminal. La pena se reduce proporcionalmente, pero se mantiene la calificación agravada si concurren las circunstancias del art. 189.

En ese sentido, se puede observar en el penal de Samegua un crecimiento general de la población penitenciaria. Así, entre 2012 y julio de 2025, el número total de internos en Moquegua casi se duplica (de 190 a 373). Esto refleja un incremento sostenido en la actividad judicial y policial, aunque también evidencia un aumento en la criminalidad patrimonial violenta.

Desde el 2012 a 2025, los casos de robo agravado aumentaron de 40 a 56, lo que representa un crecimiento del 40 %.

Los años 2020 y 2021 marcan los picos más altos en proporción (% de robo: 25.1 % y 24.8 %), asociados a una disminución del porcentaje relativo. Se puede decir que, si bien el total de internos por robo agravado aumenta, su porcentaje dentro del total penitenciario desciende de 23.2 % (2012) a 16.6 % (2025). Ello se debe a una mayor diversidad de delitos (violencia familiar, micro comercialización, corrupción) y al incremento de casos por otros tipos penales, lo que diluye la proporción del robo agravado.

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