POR: DR. JAIME CALLALLA MAMANI
La reciente reforma del régimen CAS introduce cambios sustanciales en la estructura laboral del Estado, marcando un punto de inflexión en el reconocimiento de derechos de miles de servidores públicos.
El D. Leg. 1057 (CAS) ha sido históricamente el «hijo rebelde» y precario del sistema administrativo peruano. La reciente Ley 32563, publicada este 23 de marzo de 2026 en el diario oficial El Peruano, no es una norma cualquiera; representa un hito que busca saldar una deuda histórica con los servidores públicos.
El cambio de estatuto a régimen laboral especial privativo del Estado constituye uno de los ejes centrales. Lo más relevante de la Ley 32563, en el afán de dotar derechos propios a los trabajadores CAS, es que realiza un mix respecto de los beneficios de los regímenes laborales privativos y públicos conocidos. Para ello, modifica los artículos 3, 5 y 6 del D.L. 1057, elevando sustancialmente el estándar de beneficios. Ya no hablamos de «aguinaldos» simbólicos, sino de derechos equiparables al sector privado y a los regímenes 276 y 728.
NUEVOS BENEFICIOS LABORALES
Ahora habrá gratificaciones completas: se establece el derecho a percibir gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, cada una equivalente a una remuneración mensual completa, cuando antes solo se otorgaban aguinaldos de S/ 300 (trescientos).
Asimismo, se reconoce la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), tomando como base el 100% de la remuneración mensual por cada año de servicio. Este pago es cancelatorio y se efectiviza al culminar el vínculo laboral.
La ley también formaliza tres modalidades contractuales: indeterminado, para labores permanentes previo concurso; determinado, estrictamente temporal; y de confianza. Desde una perspectiva doctrinaria, esta ley representa un avance bajo el principio de “a igual trabajo, igual remuneración y beneficios”. Muchos trabajadores CAS, que constituyen una parte importante del funcionamiento del Estado en ministerios y municipalidades, dejan de estar en una condición diferenciada dentro del sector público.
La Ley 32563 se configura como un acto de reconocimiento de derechos, aunque su implementación dependerá de la reglamentación que emita el Ejecutivo y de la capacidad de gestión del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). No se trata únicamente de asignación de recursos, sino de una redefinición del valor del servidor público dentro del aparato estatal.
Si el régimen CAS se aproxima en costos al régimen 728, surge la interrogante sobre la viabilidad de avanzar hacia un sistema unificado de carrera pública.


