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22 noviembre, 2024 2:02 pm

La gestión de la improvisación e incapacidad

POR: JESÚS ORLANDO LIENDO BELTRAMÉ (jliendo21@hotmail.com)

A 15 meses de haber asumido el Gobierno Regional de Moquegua el Prof. Zenón Cuevas Pare y los funcionarios de su entorno, cuál sería o debería ser el calificativo exacto, para describir su gestión frente a la Región Moquegua.  Según información del rubro ‘Recursos Covid-19’, del portal de Transparencia Económica del Ministerio de Economía y Finanzas de los S/. 4 457,405.00 millones de soles asignados para combatir la pandemia del coronavirus, solo ha gastado S/. 368,994.00 soles que representan  el 8.3 % del presupuesto, motivo por el cual tiene  asegurado e inamovible  el  puesto  24 ósea el último lugar de los Gobiernos Regionales en la ejecución del gasto.

En marzo del 2020, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) estableció una categoría presupuestal destinada a los tópicos claves para combatir la pandemia en el territorio nacional: Diagnóstico y tratamiento de coronavirus, vigilancia epidemiológica e investigación de casos y contactos, vigilancia laboratorial y soporte diagnóstico, sensibilización y comunicación del riesgo, medidas de control de infecciones y bioseguridad en los servicios de salud.

Ahora no existe el  pretexto de la falta de recursos presupuestales, tampoco la falta del Marco Legal para la ejecución del gasto. El MEF ha flexibilizado y facilitado la implementación de diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19) establecidas en el Decreto de Urgencia N° 026-2020 y el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, que declaró el Estado de Emergencia Nacional.

Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en materia de Bienes y Servicios, están facultados para adoptar las acciones necesarias, a fin de favorecer el financiamiento de actividades prioritarias, considerando las limitaciones a las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático establecidas en el artículo 48 del Decreto Legislativo N° 1440, así como las restricciones señaladas en el artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, entre otras.

Asimismo, con el fin de garantizar la trazabilidad de los recursos destinados a las acciones prioritarias en el presente contexto, están autorizadas  las habilitaciones en la Actividad “5006269. PREVENCIÓN, CONTROL, DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO DE CORONAVIRUS”, debiendo considerar el uso con distintas finalidades (Ver cuadro)

Con Resolución Ejecutiva Regional N° 188-2020-GR/MOQ se creó el Comando de Operaciones Regional Moquegua COVID-19, presidido por el Gobernador Regional Prof. Zenón Cuevas Pare, el cual tiene por objeto implementar, ejecutar, controlar y evaluar los procesos de atención a la pandemia de parte de las entidades públicas y privadas de la región, y está  integrado por representantes de la Sanidad del Ejército del Perú, Sanidad de la Policía Nacional, Sanidad de la Marina de Guerra, Colegio Médico, Colegio de Tecnólogos Médicos, Colegio de Enfermeras, representante de Clínicas Privadas, Red Asistencial de EsSalud, Beneficencia Pública y la  Gerencia Regional de Salud.

Al 24 de abril, ya suman 63 casos confirmados en la región Moquegua del COVID 19. Es lamentable la casi nula respuesta del Gobierno Regional a la emergencia, en la que ha quedado demostrada la poca solidez de varios planes regionales, si es que los tiene, de la falta de reforzamiento de los servicios de salud y contención del COVID-19, los mismos que debieron ser implementados al 19 de marzo último de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 95-2020/MINSA.

Por otro lado, mediante Resolución Ministerial N° 225-2020-MINSA del 23 del presente mes, se declara alerta roja en los establecimientos de salud. La declaratoria de Alerta Roja se establece cuando se han producido daños a la población, sus bienes y su entorno debido a un evento adverso o destructivo, lo cual determina que las dependencias de salud efectúen en forma inmediata las intervenciones y acciones de respuesta que sean necesarias;»

La definición de Alerta Roja está contemplada en la RM 517-2004/MINSA – Directiva Nº 036-2004-MINSA-V.01 “Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres”, cuyo objeto es regular la aplicación de la Declaratoria de Alertas ante emergencias y desastres a nivel nacional, con la finalidad de disminuir/evitar el daño y preparar la respuesta adecuada y con ello empoderan más al Comando Covid-19.

Finalmente es oportuno precisar que en la Región Arequipa, con Resolución Ejecutiva Regional N° 106-2020-GRA/GR, se conformó el Comando de Operaciones Regional de carácter temporal, dependiente de la Gerencia Regional de Salud, del Gobierno Regional de Arequipa, para la lucha contra el coronavirus (Covid 19), y es presidido por el General de Brigada EP Edward Gratelli Silva.

Análisis & Opinión