La antagónica valla electoral

La barrera electoral busca evitar la fragmentación del Congreso y garantizar representatividad política, aunque su aplicación y evolución normativa siguen generando debate en el sistema democrático.

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POR VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS

Culminadas las elecciones generales 2021, el Jurado Nacional de Elecciones ordenó la cancelación de la inscripción de 15 agrupaciones políticas que no cumplieron con los requisitos de ley para mantener su vigencia. No lograron cinco representantes al Congreso o no alcanzaron el 5 por ciento de los votos válidos a nivel nacional, o no participaron de dichas elecciones. Allí encontramos a reconocidos partidos como el APRA y el PPC, de amplia trayectoria, que tuvieron que acudir al recojo de firmas de afiliados para regularizar una nueva inscripción en el Registro de Partidos Políticos.

Fue muy singular el caso del Partido Morado, pues una ambivalente norma señalaba que para obtener escaños una agrupación debía tener el mínimo del 5 por ciento de los votos válidos a nivel nacional y cinco representantes. No obstante, el JNE entregó credenciales a sus tres congresistas electos Susel Paredes, Edward Málaga y Flor Pablo. Este último caso se mantuvo en suspenso hasta el final, ante la objeción de que debían satisfacerse ambas exigencias, lo que finalmente fue zanjado al asumirse que el Partido Morado superó la valla electoral con el 5.42% de los votos válidos, lo que ratificaba su representación.

La barrera o valla electoral es asumida por el JNE como “un mecanismo mediante el cual se exige a los partidos políticos que superen un determinado porcentaje de votos o alcancen determinado número de representantes en una elección, como condición para que sean tomados en cuenta en la distribución de los escaños”. Es decir, impide que quienes hayan alcanzado mínimos de votos —señalados por la ley— en las elecciones congresales ingresen al procedimiento de reparto de escaños.

Se incorpora en nuestro sistema electoral con la Ley N.° 28617 del 29 de octubre de 2005, estableciendo que para ingresar al procedimiento de distribución de escaños del Congreso de la República se requiere haber alcanzado “el 5% del número legal de sus miembros, o haber alcanzado al menos el 5% de los votos válidos a nivel nacional”. Por supuesto, no fue de uniforme aceptación y fue pasible de una demanda de inconstitucionalidad interpuesta por 35 congresistas, bajo el argumento de vulnerarse el derecho constitucional a ser elegido representante al establecer condiciones para su ejercicio que sobrepasan los límites constitucionales. El caso fue resuelto finalmente por el Tribunal Constitucional al declarar infundada la demanda.

Veamos las razones construidas por el Tribunal Constitucional para darle ropaje constitucional a la valla electoral: evitar el acceso al Congreso de agrupaciones políticas con mínima o nula representatividad; conseguir que los partidos políticos tengan la mínima representatividad que viabilice su trascendencia institucional en la vida política del país; evitar una fragmentación en la representatividad congresal que obstaculice la gobernabilidad; e impedir que, como consecuencia de dicha fragmentación, una mayoría simple pueda resultar sustancialmente beneficiada por la ausencia de contrapesos significativos.

Por supuesto, estamos de acuerdo con este tecnicismo electoral. La mejor e ingrata experiencia la compartimos por estos días: un Congreso fraccionado en exceso, atomizado en distintas bancadas, sin lineamientos ni responsabilidades políticas, alimentado por oportunistas afanes populistas y con ausencia absoluta de una visión país. Ello no significa que sea consecuencia de la barrera electoral; esta cumplió su rol, pues reguló el cómo llegar, mas no el cómo conducirse. Lo que faltaron fueron regulaciones normativas que reordenen al Congreso, por ejemplo, evitar el transfuguismo o la recomposición de bancadas, liberarse del espíritu de cuerpo y atender las denuncias. Tenemos que leer y responder a esta grave deslegitimación que nos deja el Congreso saliente.

La norma vigente establece: “para acceder al procedimiento de distribución de escaños en la Cámara de Diputados o en el Senado se requiere haber alcanzado al menos el cinco por ciento del número legal de miembros y al menos el cinco por ciento de los votos válidos a nivel nacional en la respectiva cámara”. Es decir, si la agrupación política no supera el 5% de votos válidos a nivel nacional, no hay representación. Ya no es como en elecciones pasadas con la conjunción disyuntiva “o”; la norma actual es clara y precisa con la conjunción copulativa “y”. Cuando exige alcanzar el número legal de miembros, se refiere al mínimo de tres senadores o siete diputados.

¿Es suficiente ser el candidato de mayor votación para lograr una curul? La respuesta es no, pues a ello debe necesariamente añadirse que su agrupación supere esa valla electoral. Por ello no deja de llamar la atención que muchas candidaturas —por no decir todas— den un trato preferente a su propia postulación relegando la de su agrupación, cuando ambas son indesligables. Y no valen los lamentos posteriores: están notificados.

En el debate de la ley de partidos políticos se puso énfasis en la figura de los afiliados o militantes, a fin de darle vida política a sus agrupaciones, preparando cuadros, generando alternativas que renueven los cuadros dirigenciales e impulsar debate político al interior para discutir, preparar y proponer políticas de gobierno. Por ello se estableció un mínimo de tiempo de militancia, lo que ha sido una exigencia para las postulaciones, aunque queda la figura de los invitados.

Sin embargo, pese a la exigencia, es notoria la militancia circunstancial, sin apego al ideario o plan de gobierno de la agrupación, solo involucrados por la exigencia normativa y por la oportunidad de ingresar al proceso electoral. Esto significa un golpe duro al intento de institucionalizar nuestro sistema electoral, más aún cuando se mantiene vigente el voto preferencial, que genera una fratricida campaña electoral.

Sin ser pitoniso y compenetrados con nuestra escena electoral, no serán más de seis las agrupaciones políticas que superen la valla electoral. Ello implica asumir que decidir nuestro voto por una agrupación o candidato sin mayor prospecto es desperdiciar nuestro voto, muy necesario para decidir algo mejor para nuestro país. Claro que no pretendo inducir a nadie; trato de invitarlo a un voto prudente y responsable.

Son tiempos de ejercicio ciudadano cauto. No cabe el amiguismo, la cara simpática ni el gesto sensible. Corresponde bosquejar una opción que tenga reales potencialidades de lograr el objetivo, pero a su vez que sea garante de nuestras legítimas expectativas. No es pedir mucho: esta es también tu democracia.

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