Si el padre o la madre de tus hijos no cumple con el pago de la pensión de alimentos pese a tener una sentencia judicial que se lo ordena, tienes una herramienta para obligarle a respetar la misma, inscribiéndolo en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM).
PADRES MOROSOS
El Poder Judicial ha puesto en marcha hace unos años este servicio que es completamente gratuito y que quizás por desconocimiento las madres no emplean. Este sistema de deudores morosos que voluntariamente no cumplen con sus obligaciones ventila al público en general que ingrese al portal web, los nombres y apellidos completos, además del DNI del padre irresponsable.
Asimismo, ingresando al REDAM cualquier persona, empresa o entidad financiera puede ver el año en el que se le reportó como deudor moroso, en qué departamento, Juzgado de Paz Letrado, el expediente judicial y el monto mensual con el que debía asistir a sus hijos. También el dinero total de la manutención que adeuda.
A la fecha más de 2 mil 777 padres están registrados en el REDAM por no cumplir con la pensión de alimentos de sus hijos, y según el Instituto Nacional Penitenciario hay 2 mil 232 personas presas por el delito de omisión a la asistencia familiar.
¿A QUIÉNES SE LES INSCRIBE EN EL REDAM?
Para inscribir a un padre moroso que no cumple con la manutención de sus hijos, primero debe existir un proceso judicial, es decir un juicio por alimentos, además el transgresor debe estar debiendo como mínimo tres pensiones consecutivas o intercaladas.
Las madres o apoderados que estén llevando los juicios por alimentos deben pedir al Juzgado de Paz Letrado (cada distrito a nivel nacional cuenta con uno) donde lleva su caso, la inscripción del padre demandado. El juzgado a cargo pondrá en conocimiento del demandado el escrito que solicita el registro al REDAM, una vez notificado éste tiene tres días para absolver y ponerse a derecho. Si no cumple con el pago retrasado se le registra inmediatamente.
Las madres solteras, divorciadas o separadas además de poder inscribir al deudor, pueden solicitar al juez ordenar la retención o embargo de sus ingresos para que cumpla con su obligación.
Asimismo, la información contenida en este registro, será proporcionará a la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) mensualmente, a efectos de que se registre la deuda alimentaria en la Central de Riesgos de dichas instituciones.
Adicionalmente, ésta información podrá ser remitida también a las centrales de riesgo privadas, como Infocorp. De esta forma, el moroso no podrá acceder a un crédito bancario.