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21 noviembre, 2024 9:26 pm

JNE liquida candidatura de Pocho Mendoza, declarando infundada su apelación

LA CORRUPCIÓN SERÁ LA MARCA POLÍTICA DE POR VIDA. “Pocho” Mendoza presenta sentencias por el delito de peculado y colusión, lo que habría primado para que el JNE en Lima ratifique la decisión del JEE de Mariscal Nieto. Nuestro Ilo, Moquegua y Sánchez Cerro, no llevará candidato a alcalde, solo regidores.

Decisión final. En audiencia pública del 13 de julio, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), declaró “infundado” el recurso de apelación (Expediente ERM.2022020184) presentado por el Abog. Daniel Fuentes Flores, personero legal de Nuestro Ilo, Moquegua y Sánchez Cerro (NIMSC), en relación a la inscripción de Jorge “Pocho” Mendoza Pérez.

Los personeros del sentenciado exalcalde de Ilo, pedían se declare fundado el recurso de apelación y en consecuencia nula la determinación de no admitir la lista de NIMSC, declarada por el Jurado Especial Electoral de Mariscal Nieto, y reformándola, pedían que se declare procedente la inscripción del candidato a alcalde del Concejo Municipal Provincial de Ilo Jorge Alfredo Mendoza Pérez, tema que no prosperó de manera positiva para sus intereses.

De esta manera, en Lima y en última instancia se declaró infundada la apelación en contra de la Resolución Nro. 00210-2022-JEE-MNIE/JNE que emitió el Jurado Electoral Especial (JEE) de Mariscal Nieto.

Esto significa que la organización política Nuestro Ilo, Moquegua y Sánchez Cerro, no llevará candidato a alcalde, solo regidores.

Como se recuerda, el ex alcalde Jorge Alfredo Mendoza Pérez, según su hoja de vida consigna 2 sentencias.

Nro. de expediente: 00097-2015-0-2801-SP-PE-01; fecha de sentencia firme: 27/11/2005; Órgano Judicial: Sala Penal de Apelaciones; delito: peculado; fallo o pena: pena privativa de libertad por 5 años; modalidad: suspendida; cumplimiento de fallo: pena cumplida.

Nro. de expediente: 00379–2009-65-2802-JR-PE-01; fecha de sentencia firme: 31/01/2011; Órgano Judicial: 2do Juzgado Unipersonal, Módulo Penal Ilo; delito: colusión; fallo o pena: pena de 4 años; modalidad: suspendida; cumplimiento de fallo: pena cumplida.

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Análisis & Opinión