El Jurado Nacional de Elecciones emitió la Resolución Nro. 0955-2021-JNE declarando nulo e insubsistente todo lo actuado en el proceso que aprobó la suspensión en el cargo al alcalde de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto.
Tras los considerandos, el pleno del JNE, en uso de sus atribuciones, resolvió declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por Abraham Alejandro Cárdenas Romero, alcalde de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto (MPMN).
De acuerdo al documento, se revoca el Acuerdo de Concejo Nro. 053-2020-MPMN, del 28 de diciembre de 2020, que resolvió no aprobar el recurso de reconsideración interpuesto en contra del Acuerdo de Concejo Nro. 050-2020-MPMN, del 17 de noviembre de 2020, que aprobó su suspensión en el cargo por el periodo de treinta (30) días calendario, por la comisión de faltas graves de acuerdo al Reglamento Interno del Concejo, prevista en el numeral 4 del artículo 25 de la Ley Nro. 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y, reformándolo, declarar nulo e insubsistente todo lo actuado, así como improcedente el trámite seguido en contra de la mencionada autoridad.
Así también, se requiere al alcalde de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, para que, en el plazo perentorio de tres (3) días hábiles, luego de notificado con la presente resolución, cumpla con publicar el texto íntegro del Reglamento Interno del Concejo Municipal junto con la respectiva ordenanza municipal que lo aprueba y su modificatoria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44 de la Ley Nro. 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal competente, con el propósito de que se ponga en conocimiento del fiscal provincial penal de turno a efectos de que evalúe su conducta, de acuerdo con sus competencias.
Hay que precisar que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la casilla electrónica del JNE, aprobado mediante la Resolución Nro. 0929-2021-JNE.
Como se recuerda, se solicitó al Consejo Municipal aprobar la sanción por la falta grave, suspensión en el ejercicio del cargo por 30 días calendarios, al alcalde Abraham Cárdenas Romero por discriminar y estigmatizar en el pleno del Concejo Municipal de fecha 31 de agosto del 2020.