El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró nulo el acuerdo de concejo que aprobó la vacancia de Nathalie Ayme Paredes Arias, regidora de la Municipalidad Distrital de Cocachacra, provincia de Islay, al constatar vulneraciones al debido procedimiento y una votación inferior a la exigida por ley.
La decisión fue formalizada mediante la Resolución N.° 0669-2025-JNE, publicada este domingo 14 de diciembre de 2025 en el diario oficial El Peruano, tras la revisión del expediente relacionado con la solicitud de vacancia por la causal de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos.
VOTACIÓN NO ALCANZÓ EL MÍNIMO LEGAL
El JNE verificó que la vacancia fue aprobada con tres votos a favor, pese a que la Ley Orgánica de Municipalidades exige el respaldo de dos tercios del número legal de integrantes del concejo.
En el caso del Concejo Distrital de Cocachacra, integrado por un alcalde y cinco regidores, se requerían cuatro votos favorables para declarar la vacancia, condición que no se cumplió en la sesión extraordinaria realizada en febrero de 2025.
DEFICIENCIAS EN LA NOTIFICACIÓN
El organismo electoral también advirtió que la notificación del Acuerdo de Concejo N.° 017-2025-MDC, que resolvió el recurso de reconsideración presentado por la regidora, no consignó el domicilio donde se habría efectuado la diligencia.
Esta omisión, según el JNE, incumple las formalidades previstas en el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General y limitó el ejercicio del derecho de defensa de la autoridad cuestionada.
NUEVA SESIÓN EXIGIDA AL ALCALDE
Como parte de lo resuelto, el JNE requirió al alcalde de la Municipalidad Distrital de Cocachacra, Abel Suárez Ramos, que convoque a una nueva sesión extraordinaria de concejo para volver a debatir y resolver la vacancia de Nathalie Ayme Paredes Arias.
El organismo precisó que esta sesión deberá desarrollarse observando estrictamente las reglas de notificación, el derecho de defensa y la votación calificada establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades y la normativa administrativa vigente.
APERCIBIMIENTO POR INCUMPLIMIENTO
El JNE advirtió que, de no cumplirse lo dispuesto, se declarará improcedente el pedido de convocatoria de candidato no proclamado (el que reemplazaría la regidora Paredes Arias) y se archivará el expediente.
Además, el organismo electoral dispuso que, en caso de incumplimiento, se remitan copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal correspondiente, para que se ponga en conocimiento del fiscal provincial de turno, a fin de que evalúe la conducta de los funcionarios municipales conforme a sus competencias.

