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Ineptitud o corrupción en la Red de Salud Ilo para la compra de uniformes

POR: JULIO FARFÁN VALVERDE

En la Red Salud Ilo se viene ventilando un nuevo escándalo, que tiene que ver con la ineptitud administrativa e ignorancia adrede de las normas o simplemente presunta corrupción por el sospechoso accionar de funcionarios, a quienes parece no importarles torcer las normas con tal de lograr favoritismos a la hora de otorgar la contratación de bienes y servicios.

Ahora se trata del procedimiento de selección AS N° 01-2020-CS-DRSM/RSI, para la adquisición de uniformes para el personal asistencial de la Red Salud Ilo 2020. El comité especial estaba presidido por José Ccarita Llutari e integrada por los miembros titulares Fredy Sucasaca Gonzales, Lorena García Dávila.

Cabe señalar que este procedimiento, ante las evidencias que mostraremos a continuación, fue recientemente anulado, no obstante, esto no debe librar de algún tipo de responsabilidad a los involucrados en el tema.

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EL CASO

Este grupo de trabajo admitió a tres postores, otorgando la buena pro el día martes 8 de setiembre a las 2 de la tarde, a “La Casa del Terno” S.A.C. (Arequipa) por un monto de S/ 44,371.00 el segundo lugar fue ocupado por “Segunda Generación Textil” S.A.C. (Lima) con S/ 71, 856.00 y en tercer lugar la empresaria moqueguana Carmen Sosa Catacora que cotizó S/ 112,350.00.

Como es evidente, la oferta de “La Casa del Terno”, está sustancialmente baja, menos del 40% del valor referencial establecido por el área de Logística de la Red Salud Ilo a cargo del Sr. José Ccarita, convirtiéndose así (según la norma) en una oferta temeraria. Sólo este punto, deja serias dudas sobre el estudio de mercado que fue aprobado por Ccarita, ya que, según el expediente el valor referencial determinado por los expertos de Logística seria de S/ 112,671.00 soles. ¿Habrán hecho acaso muy mal su trabajo o simplemente es un error de cálculo del proveedor? ¿buscaban una adenda?

Una oferta temeraria, es aquella que alguien hace y después no podrá cumplirla y que obliga una adenda. En el caso de ofertas temerarias las bases y la ley de contrataciones lo advierten y establecen que, antes de otorgar la buena pro, el Comité de Selección debe solicitar al postor con oferta sustancialmente baja, haga llegar la descripción o detalle de todos los elementos constitutivos de su oferta, o la estructura de sus costos, otorgándole para ello un plazo mínimo de dos días hábiles de recibida dicha solicitud, quedando la buena pro, temporalmente suspendida hasta que se tenga respuesta del postor. En consecuencia, estando las cosas muy claras en la ley, reglamento y bases, no se debió otorgar la buena pro, salvo interés particular de alguno delos miembros del comité.

El jefe de Logística José Ccarita, “se le pasan” hasta las cosas más básicas en los procesos de selección, ¿Por qué será? – Foto Facebook

ADMISIÓN IRREGULAR DE OFERTA

Sin embargo, no sería la única irregularidad que habría cometido el cuestionado Comité de selección, sino que también se admitió irregularmente dicha oferta, ya que presenta más de 20 firmas escaneadas, hecho que las bases administrativas, la Ley de Contrataciones y su Reglamento lo prohíben.

Las bases establecen la forma de presentación de ofertas. Y precisa que: “Las declaraciones juradas, formatos o formularios que conforman la oferta, deben estar debidamente firmados por el postor (firma manuscrita). Los demás documentos deben ser visados por el postor, no se acepta el pegado de la imagen de una firma o visto.

La oferta ganadora del postor “La Casa del Terno” S.A.C, presenta más de 20 folios con firmas escaneadas, dentro de ellos 2 formatos solicitados con carácter de obligatorios que fueron considerados elementales como requisitos mínimos que obran en los folios 23 y 24. Cabe señalar que en este mismo proceso a otros dos postores no se les admitió por este detalle.

Recordemos que, en la etapa de admisión de ofertas, el Comité de selección verifica la presentación de los documentos requeridos con carácter de obligatorio de acuerdo al objeto de la contratación, y determina si las ofertas responden a las características y/o requisitos funcionales, y condiciones de las Especificaciones Técnicas, detalladas en las bases administrativas. De no cumplir con lo requerido la oferta se considera no admitida. En este caso la presentación de un documento con, firmas escaneadas supone el quebrantamiento del principio de presunción de veracidad.

Pese a estos errores básicos, el Comité presidido por Ccarita jefe de Logística de la Red Salud Ilo, validó la oferta de “La Casa del Terno” y le adjudicó la buena pro indebidamente, favoreciendo deliberadamente a dicho proveedor. No obstante, este mismo Comité no tuvo el mismo accionar para las ofertas presentadas por los postores Confecciones Industriales MTV EIRL y Ccama Mamani Edith Del Rosario, a quienes no les admitió su oferta por tener firmas escaneadas.

MAS IRREGULARIDADES DEL COMITÉ

Asimismo, la oferta del postor “Segunda Generación Textil” S.A.C.  presenta documentos similares y/o idénticos sobre el llenado de los formatos, y según nuestra percepción parece que el trabajito de preparar los expedientes lo hubiera hecho una sola persona. Una pericia fiscal podría determinar nuestra teoría.

Otro de los errores de este postor, no fue extrañamente advertido por el experto en logística Sr. Ccarita, ya que la vigencia de poder del representante legal de la empresa “Segunda Generación Textil” se encontraba vencida en el plazo, algo básico que cualquier neófito, lo advertiría de plano.

La vigencia de poder registra una fecha de expedición del 31 de julio del 2020, muy distante a lo solicitado en las bases administrativas que requiere 30 días de antigüedad computados desde su expedición hasta la presentación de ofertas. Pese a todo fue validada irregularmente otorgándole el segundo lugar en el orden de prelación de ofertas. Configurándose de esta manera la transgresión a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, viciando de nulo todos sus actuados.

Lo que debió hacer el comité es, notificar al proveedor para su efectiva enmienda, otorgándole un plazo no mayor de 3 días, en la medida que haya sido emitidos por una entidad pública o privada ejerciendo función pública, con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de ofertas. Jamás lo hizo.

¿COLUSIÓN EN LA PRESENTACIÓN DE MUESTRAS TEXTILES?

Según las bases integradas, y que recogen la absolución de consultas y observaciones el Comité, se precisa que, las muestras serán presentadas hasta el mismo día de la presentación de la oferta, por mesa de partes de la entidad, sito en Jirón Miramar N° 400, en horario de 08:00 a 15:00 horas.

Curiosamente el postor “Segunda Generación Textil”, adjunta en su oferta con copia de la guía de remisión N° 001-000483 con fecha de expedición 07/09/2020, fecha de inicio de traslado desde la ciudad de Lima, y fecha de recepción en mesa de partes de la Red Salud Ilo, con sello corregido con lapicero, 07/09/2020. Nos preguntamos: ¿Cómo es que un paquete que contiene las muestras de tela, que partieron de la ciudad de Lima llegaron a la ciudad de Ilo, el mismo día?

Es más, sospechosamente el Comité, no sesiona en sus fechas y horas acordadas y apertura las muestras recién el día martes a las 2 de la tarde, cuando en las bases, la presentación de muestras era hasta las 3 de la tarde del día lunes 7.

Los hechos descritos ponen en evidencia una serie de irregularidades y presuntos delitos penales cometidos fundamentalmente por el Comité de Selección, recayendo la mayor responsabilidad al presidente del comité de selección José Ccarita como especialista de Logística. Dichos actos restringen la transparencia, y el trato igualitario entre postores, hechos que por la gravedad que revisten no pueden pasar inadvertidos, debiendo investigarse por el órgano de control interno, la Contraloría y la Fiscalía.

EL PAPEL DEL DIRECTOR HUANCAPAZA

Estos hechos se pusieron de conocimiento de Percy Huancapaza, director de la Red Salud Ilo, el martes 15 de setiembre por uno de los miembros del Comité, el Dr. Fredy Sucasaca, deslindando su responsabilidad por los hechos advertidos que, por razones obvias, de no ser experto en logística habría sido inducido al error, pidiendo se inserte en actas su voto discrepante al otorgamiento de buena pro irregular y se aplique el artículo 44° de la Ley de Contrataciones, invocando la nulidad de oficio facultad que es atribuible solo al titular del pliego y no puede ser delegable.

Ante tanta evidencia por favorecer a un postor con esta buena pro plagada de irregularidades, el director Percy Huancapaza, no tuvo más remedio que pronunciarse por la anulación de este proceso.

Dr. Percy Huancapaza, jefe de la Red de Salud Ilo.

CURIOSIDADES QUE SIEMBRAN DUDAS

Por otro lado, el presidente del Comité, José Ccarita, jefe de Logística de la Red Salud Ilo, debe explicar su accionar evidentemente parcializado con los dos primeros puestos.

Curiosidades e interrogantes absueltas que deben tenerse en cuenta:

¿Quién elaboró el estudio de mercado? Fue el área de Logística, siendo jefe José Ccarita.

¿Quién elaboró y aprobó el resumen ejecutivo?  Lo aprobó José Ccarita, jefe de Logística.

¿Quién aprobó las bases del proceso? El director de la Red Salud Ilo Percy Huancapaza.

¿Quién aprobó el expediente de contratación? El director de la Red Salud Ilo Percy Huancapaza.

¿Quién designó al jefe de Logística?, el director de la Red Salud Ilo Percy Huancapaza.

¿Qué día se presentó la muestra?, ¿Quién presentó la muestra?, ¿Quién recepcionó la muestra?, ¿Quién apertura las muestras?

Asimismo, se debe determinar si durante el proceso de selección, el señor José Ccarita, viajó a la ciudad de Arequipa y si ha usado para este propósito una camioneta que está alquilada por la Red Salud Ilo. De ser el caso, ¿presentó al área de Recursos Humanos su licencia por comisión de servicios? o habría dejado constancia en vigilancia de la Red Salud Ilo sobre su viaje.

¿Será acaso que se fue a reunir con el postor que ganó indebidamente la buena pro? Ya que el postor a quien le dieron la buena pro, “La Casa del Terno” S.A.C es de la misma ciudad de Arequipa.

Dr. Fredy Sucasaca, dirigente del personal médico.

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