Fiscalía archivó caso de Coayla Yanqui implicado en presunto robo de celular 

La Disposición Fiscal dispone que no procede formalizar ni continuar con la investigación preparatoria contra Ricardo Javier Coayla Yanqui, por la presunta comisión del delito de hurto agravado, en agravio de Leidy Diana Calsina Chura y se ordena el archivo de lo actuado.

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Con fecha 20 de noviembre del 2019, el señor Ricardo Javier Coayla Yanqui con documento de identidad N°04650599, hizo llegar una  Carta N°01-RJCY-19, dirigida al Director del Diario La Prensa Regional, donde  manifiesta lo siguiente, el mismo que transcribimos en su integridad:

Que en el ejercicio de la defensa de mi honor y reputación, amparado en el artículo 2°, inciso 7 de la Constitución Política del Perú, el artículo 132° (Difamación) del Código Penal, el artículo 314°- A y siguientes del Código de Procedimientos Penales, solicito SE RECTIFIQUE Y SE RETIRE, las versiones vertidas a través del medio de comunicación-Prensa escrita, que Ud. Dirige, en agravio de mi persona, por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio (Hurto).

Así mismo indica: En la mencionada publicación de fecha 18 de Diciembre del 2018 se me atribuye presuntos hechos, cualidades y conductas difamatorias a mi persona, como es de observarse en su Pagina 06, textualmente se lee “Intervienen ha Abogado por presunto robo de celular en un bar”.

Al respecto debo manifestar, tal como se lo explique y solicite, por medio telefónico el día viernes 21 Dic.18. el retiro de dicha información propalada por las Redes Sociales, al causarme un daño irreparable a mi honor y reputación ante mi familia y la sociedad, al constituirse una denuncia calumniosa señalándose un delito que nunca se ejecutó o perpetró. Retiro al cual usted accedió en su oportunidad.

Pero muy a pesar de ello me doy con la ingrata sorpresa que hasta la fecha dicha maliciosa o tendenciosa información en la que “se me atribuye ser abogado” y con una denuncia en investigación; aún se encuentra propalada por su medio escrito en la página web y buscadores de internet.

Por ultimo debo indicar que con fecha 22 de Marzo del 2019, mediante disposición Fiscal N° 02-2019-Caso N° 2018-3574, se Dispone: Declarar que No Procede Formalizar ni continuar con la investigación Preparatoria, en mi contra, por la presunta comisión del Delito de hurto agravado, en agravio de Leidy Diana Calcina Chura. Y se ordena el Archivo de todo lo actuado, conforme a Ley.

Siendo la rectificación o réplica un derecho constitucional ( artículo 2°, inciso 7° de la Constitución Política), frente al agravio del honor de un ciudadano ante una información tendenciosa, inexacta, imprecisa y carente de objetividad, solicito a Usted, que en el plazo de siete días naturales, su persona, como Director del Diario La Prensa Regional, disponga rectificar y retirar las inexactitudes propaladas en la página web y exploradores de Red, sin desmedro de la responsabilidad civil y penal que pudiera afrentar por el daño a mi honor y buena reputación.

Y finaliza  su extensa carta manifestando: Sin otro particular me despido de usted, esperando su pronta respuesta, caso contrario me veré en la imperiosa necesidad de iniciar acciones legales en contra del medio de comunicación que Ud. Dirige.

Adjunta a la carta  la copia de la Disposición Fiscal N° 02-2019, Caso N° 2018-3574 De fecha 22 de Marzo del 2019.

EL CASO DE COAYLA YANQUI

Sobre el particular, La Prensa Regional tiene que realizar las siguientes presiones sobre el caso del señor Ricardo Javier Coayla Yanqui.

La Disposición Fiscal N° 02-2019 del 22 de marzo del 2019, corrobora toda la información y los hechos indicados que fueron  publicados por La Prensa Regional, la misma que mostramos a la opinión pública para que de esta manera se  pueda  comparar con la Disposición  del  Ministerio Público que en la parte de los actos de investigación realizados, se explica  los hechos, tan igual al que La Prensa Regional lo hizo.

La Disposición Fiscal  dispone que no procede formalizar ni continuar con la investigación preparatoria contra Ricardo Javier Coayla Yanqui, por la presunta comisión del delito de hurto agravado, en agravio de Leidy Diana Calsina Chura y se ordena el archivo de lo actuado.

Sin embargo, con esta misma disposición se corrobora que los hechos policiales sí ocurrieron como se informó en este diario.

No obstante, el fiscal a cargo de la investigación de los hechos denunciados, señala que el caso habría quedado en grado de tentativa, siendo de aplicación lo dispuesto por el artículo 16° del Código Penal, en donde se regula la figura jurídica e la tentativa, en la cual el agente comienza la ejecución de un delito, que decidió cometer, sin consumarlo. Ahora en cuanto a la pena aplicable, el Juez reprimirá la tentativa disminuyendo prudencialmente la pena. Que en el presente caso la persona investigada fue intervenido casi de inmediato, sin intervalo de tiempo, por tanto, no hubo momento para una probable disponibilidad potencial del bien presuntamente sustraído.

Por lo tanto, la información difundida por La Prensa Regional de la página 06 del día 18 de diciembre del 2018, es verídica, porque los hechos ocurrieron, de allí la investigación fiscal de la cual fue objeto Ricardo Javier Coayla Yanqui. Sólo cabe rectificar el titular donde indica “abogado” porque Coayla Yanqui no tiene ese título profesional cuando se desarrollaron los sucesos y que en el estado en que se encontraba en el momento del incidente policial aparentemente dijo serlo, según indicaron testigos presenciales.

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