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9 julio, 2025 3:49 pm

Fiscal Muñoz Leyva bajo la lupa por frenar el caso “Corrupción 4×4”

La Autoridad Nacional de Control abrió una indagación preliminar al fiscal Víctor Muñoz por su sospechosa pasividad ante las graves acusaciones contra la gobernadora Gilia Gutiérrez y su entorno.

POR: JULIO FARFÁN VALVERDE (UNIDAD DE INVESTIGACIÓN)

Las constantes publicaciones de Diario Prensa Regional y la denuncia formal ante la Autoridad Nacional de Control (ANC) del Ministerio Público, impulsadas por la Unidad de Investigación, terminaron por colocar en la mira al fiscal provincial Víctor Arturo Muñoz Leyva, titular del Tercer Despacho de la Fiscalía Anticorrupción de Moquegua.

El funcionario, responsable de la carpeta fiscal N.° 293-2023, correspondiente al emblemático caso “Corrupción 4×4” —que involucra a la gobernadora regional Gilia Gutiérrez Ayala, familiares y funcionarios del Gobierno Regional de Moquegua por el presunto delito de colusión agravada—, viene siendo investigado por presunta negligencia funcional.

El proceso disciplinario fue oficializado mediante la Resolución N.° 152-2025, emitida el pasado 25 de junio, que dispuso abrirle apenas una indagación preliminar por 30 días hábiles, calificando los hechos como “falta leve”, pese a que la magnitud de las omisiones denunciadas y el peso de la evidencia apuntarían a una infracción mucho más grave.

LAS GRAVES OMISIONES DEL FISCAL MUÑOZ

La denuncia presentada por la Unidad de Investigación de Prensa Regional da cuenta de serias irregularidades cometidas por el fiscal Muñoz Leyva que, lejos de cumplir su rol de persecución del delito, habrían facilitado la impunidad.

No citó a testigos clave como Angélica Umiyauri y José Alberto Huamán entre otros investigados, quienes poseerían información directa sobre el uso indebido de camionetas del Gobierno Regional. No actuó frente a pruebas de falsedad documental detectadas en documentos presentados por funcionarios investigados.

Omitió solicitar el levantamiento del secreto de las comunicaciones, que podría revelar coordinaciones ilícitas. Asimismo, omitió ejecutar diligencias dentro del plazo establecido por su propia disposición fiscal.

Estas omisiones habrían permitido que los principales implicados continúen libres de responsabilidad, dañando además la ya deteriorada imagen del Ministerio Público.

TIBIEZA DE LA ANC MOQUEGUA CON MUÑOZ LEYVA

Pese a la contundencia de las pruebas —documentos, registros de llamadas, fotografías, testimonios, etc.— que no son tomadas en cuenta por el fiscal que investiga en caso “Corrupción 4×4” la ANC de Moquegua optó por calificar el hecho como presunta “falta leve”, usando el artículo 45 de la Ley de la Carrera Fiscal (Ley N° 30483), que sanciona con medidas mínimas como amonestaciones o suspensiones breves.

Peor aún, el órgano de control rechazó el extremo del reclamo que cuestionaba la tipificación penal realizada por el fiscal, bajo el argumento de que eso corresponde a su autonomía funcional. También limitó los derechos del denunciante al indicarle que, al no ser parte del proceso penal, carece de legitimidad procesal y solo sería notificado una única vez.

EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN

Frente a esta tibia resolución, se interpuso un recurso de reconsideración, señalando que, calificar lo ocurrido como “falta leve” desnaturaliza la real magnitud de las omisiones de Muñoz Leyva.

Que no se valoró el material probatorio ofrecido, incluyendo registros que evidenciarían nexos y comunicaciones comprometedoras. Que no se fundamentó el rechazo a revisar la conducta del fiscal desde un enfoque penal. Y que se restringió el derecho ciudadano de exigir control y transparencia sobre los operadores de justicia, derecho reconocido expresamente por la Constitución.

¿UN ENCUBRIMIENTO DISFRAZADO?

Para este Diario, resulta sumamente preocupante que existiendo evidencias de omisiones reiteradas y favorecimiento abierto a los principales implicados —la gobernadora, sus familiares y operadores—, el caso sea tratado con guantes de seda, por parte del fiscal encargado del caso. Conforme a la propia Ley de la Carrera Fiscal, si se comprobara dolo o encubrimiento, las faltas podrían ser calificadas como muy graves, con sanción de destitución.

Mientras tanto, desde Lima, la ANC central del Ministerio Público mantiene en evaluación los documentos enviados por nuestra Unidad de Investigación, que apuntan a un esquema sistemático de inacción desde hace más de año y medio que permitió a la organización investigada seguir manejando recursos públicos sin mayor obstáculo.

Análisis & Opinión