Por dar conformidad a un servicio que no se prestó en su totalidad y que una vez finalizado el contrato se continuó pagando adicionales, fueron sentenciados a 4 años de pena suspendida y al pago de una reparación civil de 250 mil soles por el delito de peculado, exfuncionarios del Gobierno Regional de Moquegua, de la gestión de Jaime “Jamocho” Rodríguez.
Se trata de: Genaro Rommel Geofri Tinta Cáceres, jefe de proyecto y residente de obras públicas; Manuel Alfredo Valdivia Alcázar, residente de obra, (coautores) y Buenaventura Gamonal Leon, inspector de obra (cómplice primario); quienes en los años 2009 y 2010 ocuparon dichos cargos públicos.
Los sentenciados emitieron diversos informes cuyo único fin fue que el proveedor cobre por un servicio no prestado, además de avalar la contratación directa del proveedor y que siga brindando servicio por un 25% adicional al contrato, a pesar de haber finalizado.
Todo esto como parte de la obra: “Reubicación y ampliación del sistema de tratamiento de aguas residuales de la ciudad de Moquegua”; investigación y juicio oral que estuvo a cargo del fiscal provincial de la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Moquegua, Emilio Ernesto Salas Apaza.
En la obra se requirió primero la voladura de 15 mil metros cúbicos de roca (“aplanar” el terreno), sin embargo, informes señalaban que el pedido debía ser reformulado y convocar a un nuevo proceso de selección por 5 000 m3 de voladura, al haberse realizado trabajos previos con maquinaria pesada que reducían el requerimiento.
Pese a ello se firmó el contrato por el pedido inicial, servicio pagado con valorizaciones firmadas por los sentenciados, pagos con documentos y anexos que no reflejan el trabajo realizado, igualmente se pagó una ampliación realizada en el mismo lugar que motivó el primer pago, todo ello sin planos que sustenten, ni cuaderno de obra.
Todo fue acreditado en juicio por la fiscalía, lo que llevó finalmente al Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto a sentenciarlos inhabilitándolos además por el plazo de 2 años para ejercer cargo público, cumplir reglas de conducta, entre las cuales esta reparar el daño ocasionado pagando la reparación civil.
La fiscalía incluyó a otros dos funcionarios en el presente caso, quienes fueron absueltos, no obstante, podría el Ministerio Público recurrir a una segunda instancia, mientras que en el caso del proveedor falleció por COVID-19, por lo que se extingue la acción penal en su contra.