Unas 586 conexiones clandestinas, realizadas de manera ilegal y no autorizada por la empresa prestadora, descubrió el programa de detección de clandestinos de la EPS Moquegua, a través de las acciones implementadas durante el 2022, reveló el gerente comercial (e) Karol de Los Santos Vásquez.
Dicho programa, que se implementa todos los años, tiene por objetivo intervenir las viviendas en las que se detecta la existencia de instalaciones de uso irregular con la finalidad de disminuir las pérdidas físicas y comerciales de agua potable de la EPS, trabajo que se ve reflejado en el indicador de Agua No Facturada (ANF) que al finalizar la gestión del año pasado se registró en un promedio de 24%, señaló el funcionario.
Refirió también que las conexiones clandestinas perjudican a los usuarios que sí pagan por el agua potable y el alcantarillado, ya que afectan el normal abastecimiento del recurso, así como generan una disminución de la presión y la continuidad del servicio.
“Robar agua es un delito tipificado en el Código Penal, como hurto simple, y tiene una pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años”, señaló De Los Santos Vásquez, quien indicó que, a través de este plan de trabajo, la EPS establece el procedimiento para la intervención y formalización de las conexiones clandestinas de agua potable y/o desagüe que se detectan en la localidad administrada por la empresa de Moquegua.
LLAMADO A FORMALIZAR SUS CONEXIONES
Hay que recordar que el Reglamento de la Calidad de la Prestación de Servicios de Saneamiento RCD N°11-2017 SUNASS CD, señala en su Artículo 49° las prohibiciones generales para los usuarios acerca de las conexiones ilegales y clandestinas.
Dicho documento establece la ilegalidad de conectarse clandestinamente a las redes del servicio, o a las redes que no han sido previstas para distribución o de emplear cualquier mecanismo que extraiga agua potable directamente de las redes de distribución.
Así mismo, en su artículo 95° el mismo reglamento señala que las EPS deben realizar el cobro por el uso indebido de los servicios de agua potable y alcantarillado, de acuerdo a los consumos no facturados, por lo que la empresa los recupera junto a los costos operativos en los que se haya incurrido para la anulación de la conexión ilegal.