17.5 C
Ilo
25.1 C
Moquegua
20.3 C
Omate
23 C
Arequipa
17.1 C
Mollendo
16 septiembre, 2024 2:02 pm

Entró en vigencia nueva regulación para la ejecución de obras por administración directa

Desde el 1 de junio, el país cuenta con una directiva para la ejecución de Obras por Administración Directa. Esta nueva regulación aprobada por la Contraloría General permitirá que estas obras sean transparentes, céleres y con una ejecución efectiva.

Previamente la Contraloría General oficializó la aprobación de la Directiva N° 017-2023-CG/GMPL que regula la “Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa”, mediante la Resolución de Contraloría N° 183-2024-CG publicada el último 27 de marzo en el diario oficial El Peruano, estableciendo su entrada en vigencia a partir del 1 de junio. Sus efectos alcanzan a todos los pliegos del gobierno nacional, regional y local, así como todas las entidades de tratamiento empresarial o empresas públicas bajo el ámbito del FONAFE y del Sistema Nacional de Control.

MEJOR PREPARACIÓN

La directiva que acaba de entrar en vigencia está enfocada en que la gestión pública pueda realizar Obras por Administración Directa ágiles al contar con el abastecimiento de todos los recursos necesarios previo a su ejecución y durante la misma, según el plan de abastecimiento presentado, lo que favorecerá a la celeridad de su ejecución. Ahora se han establecido fases previas antes del inicio de las obras para solucionar problemas que muchas surgían cuando ya se habían iniciado los trabajos y generaban paralizaciones o mayores gastos en su ejecución.

Por ejemplo, en la primera fase de aprobación, los funcionarios públicos deberán acreditar con informes técnicos, financieros y legales que la propuesta de obra cuenta con equipamiento un staff técnico mínimo, personal, presupuesto y terrenos saneados o sin impedimentos legales para que se declare viable la ejecución. En la siguiente fase de preparación, se contratará al residente de obra quien revisará de forma exhaustiva el expediente técnico de obra y al supervisor o inspector quien validará dicha revisión. Si el documento presenta defectos, se retorna para la corrección respectiva. 

Luego de aprobarse el expediente, se ingresa a la etapa de elaboración del plan de abastecimientos y de requerimientos, en el que se inicia la compra de los materiales necesarios, antes del inicio de la obra, incluyendo la contratación del personal restante. Con todas esas fases aprobadas, la entidad procede a que se inicien los trabajos que avanzarán con un menor riesgo de inconvenientes, de acuerdo a su plan y cronograma de trabajo.

TRANSPARENCIA

Otra innovación de la nueva directiva es la implementación del Cuaderno de Obra Digital para las Obras por Administración Directa que estará alojado en el portal del Sistema de Información de Obras Públicas- INFOBRAS, el cual deberá registrar información como ingresos, egresos, bienes, servicios que se emplea y los avances de la obra, entre otros. 

El llenado de la información es obligatorio y estará a cargo del residente y el supervisor o inspector responsables de la obra. Antes esta data se registraba en un cuaderno físico, que muchas veces se encontraba incompleto o no se podía acceder al mismo. Del mismo modo los avances de la obra deberán ser registrados en el sistema INFOBRAS por el ingeniero inspector o supervisor, manteniendo actualizada la información en pos de la transparencia.

Otra particularidad de la transparencia que se le dota ahora a las Obras por Administración Directa es que los ejecutores podrán realizar liquidaciones parciales para los casos de obras cuya ejecución dura más de cuatro meses. Se trata de cierres técnicos y financieros que permitirán verificar a cuánto asciende el presupuesto ejecutado y realizar un balance. Esta innovación facilita que con antelación se prevea posibles problemas o riesgos para solucionarlos.

Análisis & Opinión