POR: JESÚS LIENDO BELTRAMÉ
El transporte marítimo interno también llamado cabotaje, debería de ser del más importante interés nacional en el ámbito marítimo, por ser un servicio público esencial para el uso seguro y sustentable del mar.
El 12 de setiembre del año pasado, dentro de las facultades otorgadas por el Congreso de la Republica al Poder Ejecutivo, para legislar en materia de gestión económica y competitividad se emitió el Decreto Legislativo N° 1413 para Promover y Facilitar el Transporte Marítimo en Tráfico de Cabotaje de Pasajeros y de Carga, a fin de, entre otros, optimizar la regulación del transporte en todas sus modalidades facilitando el cabotaje nacional e internacional de carga y pasajeros mediante la aprobación de una norma que regule íntegramente el fomento del cabotaje.
El objeto del dispositivo es el de promover y facilitar el transporte marítimo en tráfico de cabotaje, a fin de generar una alternativa competitiva de transporte de pasajeros y carga en la costa peruana, otorgándole el plazo máximo de 120 días para la aprobación de su reglamento mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Energía y Minas y el Ministro de Defensa, cuya vigencia es a partir del día siguiente de la publicación del Reglamento.
Mediante la Resolución Ministerial N° 999-2018 MTC/01.02 del 12 de diciembre del 2018, se dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento, a fin de recibir los comentarios y/o sugerencias de los interesados durante el plazo de diez (10) días hábiles, sucede que los plazos se vencieron en exceso y ya pasaron más de siete (7) meses y aun no tenemos aprobado el Reglamento.
Lamentablemente a ninguna autoridad ni representante de los tantos gremios y/o agrupaciones existentes en la provincia, pareciera importarles porque desconocen el tema o simplemente porque no les significa réditos políticos.
Debemos Insistir por la pronta aprobación del Reglamento, para que de una vez las compañías navieras puedan planificar e implementar nuevas rutas. Estamos seguros que con esta norma se incrementarían las compañías marítimas interesadas en brindar este importante servicio, al y desde el puerto de Ilo, lo que elevaría considerablemente el movimiento de mercancías tanto de importación como de exportación y permitiría dinamizar la economía de la provincia de Ilo.
En más de una oportunidad, el Terminal Portuario de Ilo y sus trabajadores han demostrado eficiencia y eficacia atendiendo inclusive a dos naves en forma simultánea, existe el equipamiento necesario, en el próximo mes se deben iniciar los trabajos para mejorar la capacidad operativa de Enapu, las condiciones están dadas, que falta, falta que las autoridades se convenzan de la importancia que tiene el desarrollo portuario en la región.
Los beneficios de la ley de cabotaje son evidentes, para los países que dependen del mar para su comercio, el cabotaje salvaguarda sus propios intereses estratégicos como naciones marítimas, aportando valor económico añadido y al mismo tiempo protegiendo la seguridad nacional y el medio ambiente.
“Doble reto del cabotaje marítimo: medio económico, como producto comercial, y medio logístico del sistema de transporte nacional integrado en la región”