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El impacto en la salud mental de los trabajadores de la actividad minera

POR: PSIC. MAYTEE INCIO LOZA (ANALISTA EN PSICOLOGÍA DE ACTIVIDADES MINERAS) [mayteemarcelaincioloza@gmail.com] [CELULAR: 901356413] 

Motivada por la importancia del número de respetables trabajadores y/o colaboradores de actividades mineras en los Departamentos de Arequipa, Moquegua, Tacna y demás Regiones del Perú, a quienes saludo por su loable labor a través de Prensa Regional; me permito comentar que trabajar en una mina puede ser físicamente exigente y también puede tener un impacto significativo en la salud mental de los trabajadores. Aquí consigno algunos aspectos que pueden afectar psicológicamente a los trabajadores de una mina:

  1. Estrés laboral: Las condiciones de trabajo en las minas pueden ser extremadamente estresantes. Los trabajadores pueden enfrentarse a largas horas, turnos nocturnos y la presión constante de cumplir con los plazos y las cuotas de producción.
  2. Aislamiento: Muchas minas están ubicadas en áreas remotas, lo que puede llevar a un sentido de aislamiento. Los trabajadores pueden pasar largos periodos lejos de sus familias y seres queridos, lo que puede resultar en sentimientos de soledad y aislamiento.
  3. Riesgo de accidentes: Trabajar en una mina puede ser peligroso. El constante riesgo de accidentes y lesiones puede crear un estado de ansiedad constante.
  4. Condiciones de trabajo difíciles: Las minas pueden ser lugares oscuros, húmedos y ruidosos. Estas condiciones pueden tener un impacto en la salud mental de los trabajadores a largo plazo.
  5. Inseguridad laboral: La industria minera puede ser volátil y sujeta a fluctuaciones en los precios de los commodities. Esto puede llevar a la inseguridad laboral, lo que puede resultar en estrés y ansiedad.

Es importante que los empleadores en la industria minera tomen medidas para proteger la salud mental de sus trabajadores, proporcionando apoyo psicológico y promoviendo un ambiente de trabajo seguro y saludable, conforme con las disposiciones del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, aprobado por Decreto Supremo No 024-2016-EM (26/07/2016), y modificatoria del Decreto Supremo No 023-2017-EM (18/08/2017), en los Comités de Seguridad y Salud Ocupacional, concordante con la labor de fiscalización de los Gobiernos Regionales, Osinerming y Sunafil, respecto a mejorar la autoestima del Recurso Humano y fomentar el trabajo en equipo a fin de incentivar la participación de los trabajadores; y que alcance también a sus familias.

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