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El 26 de mayo de cada año será feriado en Ilo para el sector público

Las horas dejadas de laborar, conforme lo dispone el artículo 1, serán compensadas en la semana posterior al día declarado no laborable o en la oportunidad que acuerden las partes.

El Congreso de la Republica promulgó la Ley Nº 31667 que declara el 26 de mayo de cada año día cívico no laborable compensable en la provincia de Ilo.

La norma publicada este miércoles en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, señala en su Artículo 1: Se declara el 26 de mayo de cada año día cívico no laborable compensable en la provincia de Ilo, departamento de Moquegua, por conmemorarse el aniversario de su creación política, para los trabajadores del sector público.

Artículo 2. Compensación de horas. Las horas dejadas de laborar conforme lo dispone el artículo 1 serán compensadas en la semana posterior al día declarado no laborable o en la oportunidad que acuerden las partes. A falta de acuerdo, decide el empleador.

Artículo 3. Aplicación en el sector privado. Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en la presente ley, previo acuerdo entre el empleador y el trabajador, quienes deben establecer la forma de compensación de horas. A falta de acuerdo, decide el empleador.

Artículo 4. Actividades conmemorativas. La Municipalidad Provincial de Ilo realiza las actividades conmemorativas correspondientes para fortalecer la identidad de los pobladores de Ilo y promover el turismo.

La disposición lleva la firma de José Daniel Williams Zapata, presidente del Congreso de la República y Martha Lupe Moyano Delgado, primera Vicepresidenta del Congreso de la República.

Cabe señalar que la norma propuesta en noviembre pasado, no fue firmada por el expresidente de la República Pedro Castillo, y no habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, fue promulgada por el Legislativo.

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