El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) en aplicación de la Resolución Ministerial N° 055 – 2020 – TR, que aprueba la guía para la prevención ante el coronavirus en el ámbito laboral puso de manifiesto que, la gerencia de Recursos Humanos y los comités o supervisores de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) deben difundir las medidas de preventivas a adoptar por la empresa, así como preparar y difundir información oficial divulgada por el Ministerio de Salud. De igual modo, deberán brindar material higiénico apropiado y suficiente e implementar protocolos de limpieza necesarios así como promover las prácticas saludables difundidas por el Ministerio de Salud.
Como medidas de Control, se dispuso que si hay trabajadores “resfriados” que han estado en contacto con personas diagnosticadas como sospechosos probables o confirmados de coronavirus o que 14 días antes visitaron países de riesgo, se les debe indicar que acudan al centro médico público o privado o llamar a la línea gratuita 113 del MINSA.
En ese sentido se deberá evaluar la necesidad de realizar viajes de trabajo y, si se realizan, brindar toda la información a los trabajadores respecto a zonas de propagación y recomendaciones de prevención.
Se ha indicado que las empresas deberán brindar facilidades a los trabajadores si presentan síntomas sospechosos del coronavirus para el acceso a los servicios de salud.
RECOMENDACIONES PARA TRABAJADORES
- Cumplir con medidas de prevención adoptadas.
- Asistir a capacitaciones.
- Utilizar elementos de protección personal.
- Proceder responsablemente ante medidas de prevención y control de empresa y autoridades sanitarias.
MEDIDAS DE ORGANIZACIÓN DE TRABAJO
Como acciones de control, si se dispuso la cuarentena del trabajador, justifica inasistencia emitida por el médico, si se descarta la enfermedad, el tiempo no laborado puede ser compensado en acuerdo con el empleador pudiendo este último exonerarlo de dicha compensación.
En caso de confirmarse la enfermedad, el trabajador no asiste al centro de trabajo operando la suspensión imperfecta de labores.
ACCIONES ENTRE EMPLEADOR Y TRABAJADOR
- Modificación de turnos de trabajo.
- Licencias de trabajadores sujetos a compensación.
ACCIONES PREVISTAS POR LEY PARA EVITAR PROPAGACIÓN
Se puede optar por el teletrabajo, que es una modalidad especial de prestación de servicios caracterizada por la utilización de tecnológicas de la información y las telecomunicaciones en las instituciones públicas y privadas.
Por acuerdo escrito entre las partes, se puede pactar el trabajo desde el domicilio, fijándose horario, forma de trabajo, duración, etc.
OTROS ASPECTOS IMPORTANTES
Es obligación ante las autoridades permitir el ingreso del MINSA y otras autoridades al centro de trabajo para poder identificar posibles focos de infección y dar aviso inmediato ante situaciones de riesgo y propagación.