Por: Edgard Norberto Beto Lajo Paredes
El 2 de setiembre de 2010, hace una década, se publicó la Ley Nº 29571 Código de Protección y Defensa del Consumidor, establece normas de protección y defensa de los consumidores, tiene la finalidad de que los consumidores accedan a productos y servicios idóneos y que gocen de los derechos y los mecanismos efectivos para su protección.
POR QUÉ CÓDIGO
Una reflexión legislativa ciudadana. El ordenamiento jurídico nacional lo componen normas con jerarquía y denominaciones según su contenido, origen y finalidad. Por su jerarquía, se tiene: Constitución (norma suprema), Ley (ley orgánica, decreto legislativo, decreto de urgencia, decreto ley, ordenanza regional, ordenanza municipal), Decreto Supremo (reglamento). Pero hay leyes que se denominan Códigos, ej. Código Civil, Código Procesal Civil, Código Penal, Código Procesal Penal, Código de Ejecución Penal, Código Penal Militar Policial, Código Procesal Constitucional, Código de los Niños y Adolescentes, hace años se espera el Código de Trabajo, está en gestación el Código Electoral, el último en darse es el Código de Protección y Defensa del Consumidor. Son leyes, se llaman códigos porque son conjuntos de normas legales sistemáticas que regulan unitariamente una materia determinada (RAE).
LA PERSONA MÚLTIPLE
Las personas en sus diversas actividades desarrollan múltiples facetas, por ejemplo, son ciudadanos, por ende, con derechos y deberes, a elegir y ser elegidos, a formar parte de organizaciones políticas, sociales, culturales, económicas, etc. A la vez, son vecinos de una ciudad o comunidad, requiriendo la debida atención de los Gobiernos Subnacionales, para contar con los servicios básicos de saneamiento e infraestructura y transporte, como en seguridad ciudadana y en defensa civil; permitiendo al vecindario vivir en condiciones adecuadas de calidad de vida y de creciente bienestar; para garantizar esto último, es pertinente la participación vecinal en la toma de decisiones del Gobierno Local, mediante el Presupuesto Participativo, el Consejo de Coordinación Local, la Junta de Delegados Vecinales, los Comités de Gestión, y otros espacios de participación.
TAMBIÉN CONSUMIDORES
Simultáneamente, somos consumidores y usuarios, y lo somos permanentemente, desde el mismo momento que nacemos, durante toda nuestra existencia, hasta cuando partimos al más allá; porque siempre estamos comprando bienes y servicios para alimentarnos, vestirnos, educarnos, atender nuestra salud, alquilar o construir nuestras viviendas, al viajar de un lugar a otro, al mandar a confeccionar o fabricar los muebles que necesitamos, etc.; en consecuencia, debemos estar informados, precisamente sobre los bienes que adquirimos, los servicios que tomamos, a fin saber son de calidad, no sean tóxicos, conocer la fecha de vencimiento, no tengan contaminantes del ambiente, que el precio sea justo, etc.
POLÍTICA Y PLAN DEL CONSUMIDOR
El Decreto Supremo Nº 006-2017-PCM aprobó la Política Nacional de Protección y Defensa del Consumidor, es una política de Estado que comprende a todos los niveles de gobierno y actores públicos y privados; con Decreto Supremo Nº 024-2017-PCM se aprobó el Plan Nacional de Protección de los Consumidores 2017 – 2020 (ya feneció) es un instrumento para la implementación de la Política Nacional de Protección y Defensa del Consumidor, es de obligatorio cumplimiento por todas las entidades del Estado, en todos los niveles de gobierno.
MECANISMOS DE DEFENSA
Están las asociaciones de defensa de los consumidores, conformada por ciudadanos, a los Organismos Reguladores (Ley Nº 27332): Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel); Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin); Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositran); Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) e Indecopi (Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual), una de sus funciones es: proteger los derechos de los consumidores, vigilando que la información en los mercados sea correcta, asegurando la idoneidad de los bienes y servicios en función de la información brindada y evitando la discriminación en las relaciones de consumo.