Denuncian penalmente a gerente regional de Salud por nombramiento indebido

El director del Hospital Regional de Moquegua Carlos Gámez Bernedo, no reúne los requisitos mínimos de educación y experiencia para ocupar el cargo de director del hospital, establecidos en el MOF, no cuenta con curso de post grado en salud pública y gestión de servicios de salud, sostiene Valdez Barrera.

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La consejera regional Yovanna Martina Valdez Barrera, interpuso denuncia penal ante la Fiscalía Penal Corporativa del Distrito Fiscal de Moquegua por los delitos contra la administración pública en las modalidades de nombramiento y aceptación ilegal, tipificados en el artículo 381 del Código Penal, contra el gerente regional de Salud Moquegua médico Oscar Lenin Galdos Rodríguez (por el supuesto de nombramiento ilegal) y el director del Hospital Regional Moquegua médico Carlos Javier Gámez Bernedo (por el supuesto de aceptación ilegal).

FUNDAMENTO DE LOS HECHOS DENUNCIADOS

Con Resolución Gerencial Regional de Salud Nro. 578-2019-GERESA-MOQ-GRS de fecha 15 de julio del 2019, se acepta la renuncia del médico José María Rivera Chumbes y se designa como director del nosocomio al médico Carlos Javier Gámez Bernedo a partir del 16 de julio del 2019.

Sin embargo, se evidencia que la designación de Carlos Gámez Bernedo, contraviene el principio de legalidad, toda vez, que no reúne los requisitos mínimos establecidos en el Manual de Organización y Funciones (MOF) del Hospital Regional de Moquegua.

En ese sentido, evaluado el currículo vitae de Carlos Gámez Bernedo, no reúne los requisitos mínimos de educación y experiencia para ocupar el cargo de director del hospital, establecidos en el MOF, no cuenta con curso de post grado en salud pública y gestión de servicios de salud, solamente cuenta con un diplomado en salud pública. No tiene experiencia de 2 años en el cargo de director o jefe de departamento, solamente asumió el cargo de director de atención primaria nivel II de Puquio (6 meses y 20 días). Tampoco cuenta con amplia experiencia en cargos de dirección o conducción de equipos.

El incumplimiento de las disposiciones que regula la modalidad de designación para ejercer la función pública tipificaría lo establecido en el Art. 363 del Código Penal señala, el que ejerce profesión sin reunir los requisitos legales requeridos, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de 2 ni mayor de 4 años. La pena será no menor de 4 ni mayor de 8 años, si el ejercicio de la profesión se da en el ámbito de la función pública o prestando servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual.

También se evidencia que el denunciado, hasta la fecha viene ejerciendo el cargo como funcionario público de director del Hospital Regional de Moquegua.

En la denuncia se adjunta los medios probatorios, como copias del currículo vitae de Carlos Gámez Bernedo y copias de las respectivas resoluciones.

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