El juzgado civil de emergencia de la Corte de Arequipa, a cargo del Dr. Luis Madariaga Condori, declaró improcedente el pedido de sustracción de la materia que presentó la Procuraduría Regional por el cual buscaba concluir y por tanto archivar la demanda presentada contra el Gobierno Regional de Arequipa, el Ministerio de Salud y la Gerencia Regional de Salud, por no implementar el protocolo de prevención, diagnóstico y tratamiento de personas afectadas por Covid-19. En suma, el proceso judicial continuará su curso normal.
ARGUMENTO LEGAL
El magistrado, argumentó su decisión en que la demanda de amparo considerada innovativa, en este caso, busca proteger derechos fundamentales; por cuanto no es que haya variado la afectación al cambiarse la resolución 139-2020-MINSA que da lugar a la demanda por la 193-2020-MINSA, actualmente vigente: lo cual ameritó una adecuación del petitorio de la demanda y medida cautelar al nuevo documento ministerial por parte del demandante Pool Alarcón Barrionuevo.
CONTRA EL TIEMPO
En tanto, el plazo para que cumplan con informar al juzgado respecto de las acciones cumplidas para la implantación del protocolo de prevención y atención contra el Covid-19 vence en las siguientes horas; en tanto debiendo conocerse primero el pronunciamiento de la sala superior de emergencia respecto de apelaciones de resoluciones emitidas en primera instancia; mientras que en el proceso principal el demandante tiene que absolver las excepciones de legitimidad para obrar y sanarse el proceso para posteriormente emitir sentencia.
EXHORTACIÓN A DEMANDANTE
En otra resolución, el juez Madariaga Condori, exhortó al demandante adecuar su conducta procesal a los deberes de lealtad, veracidad y probidad procesal; por cuanto, está presentando diversos escritos que dilatan el proceso y haciendo publicaciones impropias por redes sociales, bajo apercibimiento de ser multado.