Corte Suprema reduce a 18 meses la prisión preventiva contra Keiko Fujimori

Con su voto, la magistrada se adhirió a la sentencia en mayoría de los magistrados de la Sala que redujeron de 36 a 18 meses la prisión preventiva, con lo cual se alcanzó los cuatro votos necesarios para emitir una sentencia en el recurso de casación.

4618

La jueza suprema provisional Susana Castañeda Otsu, convocada para dirimir el recurso de casación que presentó la defensa de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, falló a favor de reducir a 18 meses el plazo de la prisión preventiva en contra de la excandidata presidencial, fijada en 36 meses en octubre del año pasado.

La magistrada fue convocada luego de que los miembros de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema no se pusieran de acuerdo sobre la casación presentada por Fujimori. Con su decisión, la jueza se alineó con la postura de presidente de la Sala, Hugo Príncipe y de los jueces Jorge Castañeda y Zavina Chávez, quienes votaron por reducir el plazo.

Con esa decisión Fujimori Higuchi permanecerá en prisión hasta el 30 de abril del 2020. Cabe precisar que los jueces Iván Sequeiros e Iris Pacheco, los otros integrantes de la Sala Penal Permanente, fallaron porque se mantenga la medida restrictiva.

Respecto al exasesor Pier Figari y al exdirigente Jaime Yoshiyama, la magistrada también redujo el plazo de la prisión preventiva. De esta manera, los excolaboradores de Fuerza Popular quedarán en libertad el 14 mayo del 2020 y el 10 de setiembre del 2020, respectivamente.

Al único investigado al que le revocaron la prisión preventiva fue al extesorero Luis Mejía Lecca, a quien la jueza le dictó comparecencia con restricciones, además de un impedimento de salida del país por 18 meses y reglas de conducta.

Según la normativa, el tribunal supremo requiere cuatro votos en un mismo sentido para emitir una resolución firme. Ante esto, la jueza Susana Castañeda realizó el pasado 28 de setiembre la audiencia para dirimir la discordia en la que adelantó que solo evalúa la reducción o ratificación del plazo de la prisión preventiva.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí