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22 noviembre, 2024 4:54 pm

Corruptos podrán postular en las elecciones 2021 tras bloqueo de reforma en el Congreso

El dictamen, procedente de la Comisión de Constitución, fue aprobado por 82 votos a favor y se necesitaría de un referéndum para ser ratificado.

El pleno del Congreso no alcanzó esta mañana los 87 votos necesarios para modificar el artículo 93 de la Constitución Política y eliminar la inmunidad parlamentaria en forma inmediata.

El dictamen, procedente de la Comisión de Constitución, fue aprobado por 82 votos a favor y se necesitaría de un referéndum para ser ratificado.

La propuesta aprobada modifica el artículo 93 de la Constitución señalando que los congresistas no son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten ni por las acciones legislativas, de representación, de fiscalización, de control político u otras inherentes a la labor parlamentaria que realicen en el ejercicio de sus funciones.

Dispone además que los procesos penales contra los legisladores por delitos comunes cometidos durante su mandato parlamentario serán de competencia exclusiva de la Corte Suprema de Justicia.

De acuerdo a la norma, toda reforma constitucional debe ser aprobada por el Congreso con mayoría absoluta del número legal de sus miembros, y ratificada mediante referéndum. Puede omitirse el referéndum cuando el acuerdo del Congreso se obtiene en dos legislaturas ordinarias sucesivas con una votación favorable, en cada caso, superior a los dos tercios del número legal de congresistas (87 votos).

El presidente de la Comisión de Constitución, Omar Chehade, presentó al pleno un texto sustitutorio al dictamen inicial que planteaba la eliminación total de la inmunidad, tras un cuarto intermedio en el debate, ante la imposibilidad de alcanzar los votos para su aprobación.

Tras aprobarse este dictamen, se levantó la última sesión del pleno de la primera legislatura, sin poner a debate el proyecto de ley que prohíbe la postulación de sentenciados por delitos de corrupción en primera instancia, al no haberse alcanzado el número de voceros necesarios para ser incorporado a la agenda del pleno.

Análisis & Opinión