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16 septiembre, 2024 6:26 am

Confirman sentencia contra el regidor Juan Alvarado por delito de defraudación

El hecho ocurrió en diciembre de 2021, cuando Alvarado, actuando como apoderado de su hermana, vendió un terreno que ya había sido previamente transferido al denunciante Oscar Vargas en 1997. A pesar de este conocimiento, Alvarado procedió con la venta a un tercero, obteniendo S/ 140,000.00.

POR: JULIO CESAR FARFÁN VALVERDE     

La Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, mediante Resolución N° 13, emitió la Sentencia de Vista con fecha 25 de julio de 2024, que ratifica la condena contra Juan Crisóstomo Alvarado Mamani, actual regidor de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, Moquegua, tras ser hallado culpable por el delito de defraudación en agravio de Oscar Gilberto Vargas del Carpio. Alvarado Mamani fue sentenciado a un año y seis meses de pena privativa de libertad suspendida, además de obligaciones económicas por los daños causados.

SENTENCIA Y REPARACIONES

La sentencia incluye una pena suspendida de un año y seis meses, periodo durante el cual el condenado deberá cumplir con ciertas reglas de conducta bajo supervisión judicial. De incumplir con estas obligaciones, la suspensión de la pena podría ser revocada, Asimismo, se le ha impuesto el pago de 427 días multa, lo que equivale a S/ 427.00, en favor del Estado, y una reparación civil de S/ 20,000.00 que deberá ser abonada al agraviado, Oscar Vargas del Carpio.

LOS HECHOS DEL CASO

El origen de la defraudación se remonta a diciembre de 2021, cuando Alvarado Mamani, actuando como apoderado de su hermana, efectuó la venta de un terreno de 2,000 metros cuadrados en la zona de Yaracachi, Moquegua. Lo controvertido del caso es que este terreno ya había sido vendido previamente en 1997 a Oscar Vargas, quien contaba con los documentos de propiedad correspondientes. A pesar de ello, Alvarado procedió a realizar una nueva venta del predio a un tercero por un valor de S/ 140,000.00, ocultando el hecho de que el terreno no le pertenecía, lo que generó un perjuicio económico considerable al agraviado.

PROCESO JUDICIAL Y SENTENCIA FINAL

Durante el proceso judicial, se determinó que Alvarado Mamani conocía plenamente que el terreno no estaba a su disposición legal, pero aun así procedió con la venta, incurriendo en el delito de defraudación. La defensa del regidor intentó alegar que no había mala fe en la transacción y que todo fue resultado de un malentendido. Sin embargo, la evidencia presentada por el Ministerio Público demostró que Alvarado actuó de manera dolosa, lo que llevó a la ratificación de su condena.

REPERCUSIONES Y SITUACIÓN DEL REGIDOR

Juan Crisóstomo Alvarado Mamani continúa desempeñando su función como regidor, pero esta confirmación de la condena en segunda instancia podría afectar su permanencia en el cargo y futuro político.

El numeral 6 del artículo 22, de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que el cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal por condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad, asimismo el artículo 24 indica que, en caso de que se produzca la vacancia del regidor, debe ser reemplazado respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral.

 

Juan Crisóstomo Alvarado Mamani.

Análisis & Opinión