El abogado municipalista Edgard Lajo Paredes sostuvo que la decisión del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que declaró nulo el acuerdo de vacancia contra la regidora Nathalie Paredes Arias, evidencia deficiencias legales y negligencia de los asesores de la Municipalidad Distrital de Cocachacra durante el procedimiento.
“En el tema de fondo, aprobaron la vacancia con solo tres votos de seis integrantes del concejo municipal, cuando la Ley señala que debe ser con dos tercios, es decir cuatro votos. En el tema de forma, no se cumplió con hacer la notificación del acuerdo que se adoptó por el concejo cuando rechazó la reconsideración que presentó la regidora Paredes, no la notificaron de acuerdo con la Ley transgrediendo el Art. 21 de la Ley del Procedimiento Administrativo General”, expresó.
Estas deficiencias motivaron, según Lajo Paredes, que el JNE emita una resolución declarando la nulidad del acuerdo y disponga la realización de una nueva sesión extraordinaria del concejo para volver a tratar el pedido de vacancia. En ese contexto, recordó que el organismo electoral advirtió vulneraciones al procedimiento legal y una votación inferior a la exigida por la normativa vigente.
RESPONSABILIDADES DE REGIDORES Y FUNCIONARIOS MUNICIPALES
El especialista también alertó sobre eventuales responsabilidades. “En el caso de los regidores, existe una responsabilidad solidaria establecida en el artículo 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades”, indicó, añadiendo que asesores, gerente municipal y secretario general habrían incurrido en negligencia funcional y profesional, al inducir a error al alcalde y al concejo, por lo que correspondería evaluar procesos administrativos disciplinarios.
ANÁLISIS Y DEBATE
Finalmente, consideró necesario que el concejo realice un análisis técnico riguroso del pedido. Señaló que no debe limitarse a una votación, sino evaluar de manera fundamentada si la causal invocada cumple con los requisitos legales establecidos.

