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22 noviembre, 2024 2:59 pm

Apuntes sobre las elecciones regionales y municipales

Pareciera una licencia para obviar información determinante, bajo la cual el elector construye un perfil del candidato; la autoridad electoral si evidencia esa omisión, la corrige, pero ya no excluye al candidato.

POR: VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS  

En los próximos días el presidente Pedro Castillo deberá estar convocando a elecciones regionales y municipales para el periodo 2023-2026, ya se advierten alianzas electorales propias de estas contiendas, la liga mayor indudablemente será Lima, por su importante caudal electoral coloca en perspectiva nacional a sus candidatos y en particular quien salga elegido.

Sin embargo, siempre estas elecciones motivan una singular movilización ciudadana que, a diferencia de las elecciones nacionales, impulsan un debate más descentralizado interiorizado con la problemática de cada circunscripción.

En otras circunstancias podría entenderse como elecciones plebiscitarias, que permitan a través del voto ciudadano escrutar su percepción respecto al gobierno nacional, pero su soporte partidario -Perú Libre- se encuentra en complejos contrastes internos sumado a la creación de una nueva organización política con directa vinculación del presidente, permiten vislumbrar en el terreno electoral una no llamativa participación, al parecer ni siquiera participarán.

Para este proceso electoral, con las recomendaciones del JNE y la ONPE, el Congreso aprobó que las disposiciones relativas a las “elecciones primarias” no sean de aplicación, debiendo reactivarse su vigencia luego de su conclusión, bajo el discutido argumento de la pandemia, en otros lugares se desarrollaron sin mayores afectaciones y absoluta normalidad.

En consecuencia los candidatos y candidatas a gobernador y vicegobernador regional, consejero regional, alcalde provincial y distrital, regidor provincial y distrital que postulen, surgirán de las “elecciones internas” de las afiliadas y los afiliados de las organizaciones políticas, de acuerdo a cualquiera de estas dos modalidades: a) elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo, secreto de las afiliadas y los afiliados, b) elecciones por las delegadas y los delegados, previamente elegidos mediante voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de las afiliadas y los afiliados. En tal sentido se considera dentro del cronograma dos fechas distintas, el 15 de mayo elecciones internas de candidatos o delegados y el 22 de mayo, elección de candidatos por parte de los delegados; el 14 de junio debe cerrarse la inscripción de candidatos, que más allá de aspectos administrativos-electorales, inician la campaña electoral hasta el 2 de octubre, día de las elecciones, cuasi cuatro meses.

Como nunca antes lideran los principales órganos constitucionales mujeres, es el caso del Congreso, el Poder Judicial, el Ministerio Publico, hasta hace unos días la JNJ y el Tribunal Constitucional, si bien es notorio pero insuficiente. Nuestra densidad electoral y poblacional, manifiestan más mujeres que varones, pero con acortada presencia en la función pública lectiva no obstante tener una ley de cuotas que no cumplió con incentivar a mejorar la participación y sensibilizar la elección misma, se determinó por una pertinente y batallada reforma electoral denominada “paridad y alternancia”, estableciéndose que las  listas de candidatos tanto para las propuestas regionales como municipales, deben estar integradas por el 50 % de hombres y el 50 % de mujeres, y la posición o ubicación de los candidatos en las listas debe registrarse de forma intercalada: una mujer, un hombre o un hombre, una mujer.

También, el JNE en la reglamentación a prescrito la paridad horizontal, que debe darse para las candidaturas a gobernadores en la totalidad de circunscripciones en las que las organizaciones políticas presenten fórmulas. A partir del próximo año, tendremos una representación equitativa, que gradualmente debe acentuarse en todos los procesos electorales. Un necesario y legítimo reconocimiento a las mujeres en el rol protagónico que asumen en el desarrollo de sus comunidades y el país, ayudando a romper con la retrógrada cultura del machismo.

Un tema, nada menor, dado que las instancias electorales fueron muy proclives a retirar candidaturas muy auspiciosas por haber omitido información, entendido como ocultamiento de información o faltamiento a la verdad, la nueva normativa establece expresamente que “el JNE no podrá disponer la exclusión de un candidato cuando la omisión de información que se le imputa corresponda a datos que se encuentran en bases de datos o registros públicos a cargo de entidades del Estado”, el sistema electoral debe estar conectado con otras instancias públicas, especialmente en materia judicial y puede acceder a la información de candidaturas, en ese entender se ha invertido la carga de la responsabilidad.

Pareciera una licencia para obviar información determinante, bajo la cual el elector construye un perfil del candidato; la autoridad electoral si evidencia esa omisión, la corrige, pero ya no excluye al candidato. Todo ciudadano y especialmente quien está en la palestra política, sabe que su hoja de vida será examinada a profundidad y quien mejor que él para sustentarla, con rigurosidad y apego a la verdad, es un acto de sinceramiento y confianza que deja a consideración de los electores, no debiendo desnaturalizarse.

Las organizaciones políticas tienes la obligación de adjuntar su plan de gobierno el mismo que debe recoger su ideario, su visión y sus principales propuestas, lo que es sustantivo para el ejercicio de una gestión con planificación, orden y responsabilidad, más aún comprometidos en tiempos de esta cruda pandemia que exige otras prioridades en la atención de la entidad de gobierno regional o municipal.

Cuán importante es actuar y decidir sostenido en instrumentos de gestión y planes de desarrollo sostenibles, que no sólo transparenten el ejercicio de la función, sino que el ciudadano esté involucrado, convocado y sensibilizado en un quehacer que redundará en su propio beneficio. Y es aquí donde se debe insistir que dichos planes no deben agotarse en su presentación y publicación por parte de la autoridad electoral, el ciudadano debe hacerlo suyo, defenderlo cuanto corresponda, pero más importante es que exija su cumplimiento, porque en el endosa la confianza de su voto, en el candidato y el compromiso de la propuesta.

Es la precisa circunstancia de romper con esa desazón participativa, donde parecieran haberse agotado nuestras formas democráticas, las elecciones no deben reducirse al acto del voto, es la puerta al imprescindible activismo político, un espacio de inducción ciudadana por fortalecer su entorno social a través de la institucionalidad que la enmarca.

Análisis & Opinión