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Aprueban ley que autorizan uso de armas no letales a serenazgo municipal

El equipamiento, según los recursos de cada municipalidad, serán grilletes de seguridad, bastón tonfa, aerosoles de pimienta y chalecos antibalas.

Con 78 votos a favor, doce en contra y siete abstenciones, y además exonerado de segunda votación, el Pleno del Congreso aprobó anoche el dictamen que modifica la Ley 31297, Ley del Servicio de Serenazgo Municipal y que autoriza el uso de armas no letales a estos cuerpos de seguridad local.

Según la iniciativa, los serenos deben contar con el equipamiento necesario para cumplir con sus funciones, de acuerdo con la modalidad del servicio que brindan.

El equipamiento, según los recursos de cada municipalidad, es el siguiente: grilletes de seguridad, bastón tonfa, aerosoles de pimienta y chalecos antibalas, para el cumplimiento de sus funciones; teniendo como finalidad prevenir y disuadir la comisión de delitos y faltas que atenten contra la seguridad ciudadana, respetando los derechos fundamentales de las personas.

La autoridad municipal, de acuerdo con su disponibilidad presupuestal, proveerá de los recursos respectivos para el equipamiento, la capacitación y las evaluaciones psicológicas periódicas a los serenos municipales.

La propuesta indica que los procesos de capacitación están a cargo de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas, previo convenio interinstitucional, y se efectuarán en las escuelas técnico-superiores ubicadas en las respectivas provincias o en las unidades de las regiones policiales y militares, según correspondan.

También en aquellas provincias que no cuenten con escuelas técnico-superiores o cuarteles, previa autorización de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial y del Comando Militar.

Asimismo, brindar capacitación básica, especializada y entrenamiento permanente a los serenos municipales, orientada a la adquisición de conocimientos, uso de armas no letales autorizadas y perfeccionamiento de habilidades necesarias para el adecuado desempeño de sus funciones.

En el supuesto que la capacitación esté a cargo de la Policía Nacional del Perú o de las Fuerzas Armadas, a través de las escuelas técnico-superiores o unidades de Instrucción de las reglones policiales o militares, debe realizar las coordinaciones para la implementación de los procesos de capacitación y entrenamiento de los serenos, conforme a la estructura curricular aprobada por el Ministerio del Interior.

El legislador Diego Bazán, de Avanza País, presidente de la Comisión de Defensa Nacional, sustentó la propuesta y señaló que la iniciativa es necesaria en virtud que el índice de la comisión de criminalidad está aumentado de manera alarmante.

Américo Gonza (Perú Libre), autor del proyecto, dijo que la delincuencia aumenta día a día. “Los serenazgos van con las manos vacías y no estaban autorizados a usar chalecos y uso de armas letales, pero con este proyecto se protege la vida de los serenos. No hay una ley que los proteja, además no tienen beneficios laborales», señaló.

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