POR: SWYLL SOTA SOTO
En el 2025 se reportaron diez mil ciento treinta y seis (10,136) divorcios en nuestro país. El matrimonio es uno de los sucesos más relevantes y decisivos que una persona puede realizar; este nicho de amor y unión, en el cual se intercambian no solo sentimientos y emociones, sino también bienes económicos y materiales, suele ser uno de los principales factores de análisis para aceptar tal paso en la vida.
Según nuestro Código Civil vigente, en su artículo N.º 234 se cita: “El matrimonio es la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones de este Código, a fin de hacer vida común”.
Pero ¿qué sucede cuando todo ese amor se desmorona?, cuando el elixir de la melcocha y la dulzura se acaba. Es allí donde todo lo positivo se traslada hacia el campo negativo, siendo el divorcio un indicador innegable de amor extinto o amor amargo.
Según reporta la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), en el año 2025, en nuestro país se han inscrito un total de diez mil ciento treinta y seis (10,136) divorcios en el Registro de Personas Naturales, lo que equivale a un incremento del trece coma cuarenta y ocho por ciento (13.48 %) respecto al año anterior.
De acuerdo con el reporte, Moquegua no se encuentra dentro del recuento de las doce regiones con mayor prevalencia de divorcios. Esto podría deberse a muchos factores, como la baja tasa de matrimonios, la inmediata unión de hecho, los costosos protocolos de pedida de mano o ceremonias matrimoniales, los amores pasajeros o furtivos, las discrepancias de valores, los conflictos en la convivencia, el temor o rechazo al compromiso, entre tantas otras razones.
Por otro lado, es importante recordar que el divorcio es la disolución definitiva del vínculo matrimonial, mediante la cual se eliminan los deberes y derechos conyugales, con la conclusión del régimen marital, el mismo que puede ser declarado por autoridad judicial, notarial o municipal, según el marco legal vigente.
La necesidad de inscribir el divorcio en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos radica en informar a la sociedad y a terceros interesados sobre el término del régimen matrimonial, permitiendo conocer la duración del vínculo conyugal e identificar la titularidad de los bienes inmuebles.
Estas cifras marcan la difícil decisión y la reevaluación que deben afrontar los novios al aceptar unirse en nupcias, dado que podrían formar parte de las estadísticas de divorcio si no resuelven oportunamente sus conflictos.
Los datos que emite la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) deben ser materia de análisis, pues representan un diagnóstico de la realidad que atraviesan cientos de familias y vínculos conyugales en nuestro país, considerando que algunas causales de separación marital incluyen la violencia —ya sea física, psicológica, sexual o económica—, la vulneración de derechos entre esposos, la inestabilidad emocional, la incompatibilidad de caracteres, los problemas económicos, los conflictos psicológicos, el consumo de sustancias, así como hábitos, gustos y preferencias, entre otros.


