El Poder Judicial absolvió a ex funcionarios de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto (MPMN) por el delito de colusión y negociación incompatible, así lo estableció el magistrado Luis Antonio Talavera Herrera.
Entre los imputados se encuentra el Ing. Carlos Enrique Huapaya Chumpitaz, a quien el Ministerio Público solicitó 9 años de pena privativa de la libertad con carácter de efectiva y al pago de una reparación civil de 70 mil soles.
Se le acusa de haber hecho daño patrimonial a la MPMN por más de 300 mil soles en su condición de inspector en la gestión del ex burgomaestre Alberto Coayla Vilca.
Según la acusación, Carlos Huapaya Chumpitaz, se desempeñaba como inspector de la obra ampliación y mejoramiento del sistema de agua potable y alcantarillado del centro poblado de Chen Chen, responsable de ejercer el control directo del proyecto.
Huapaya Chumpitaz, tenía funciones establecidas en la directiva para la ejecución de proyectos en la modalidad de ejecución presupuestaria directa de la municipalidad de Mariscal Nieto. El imputado era responsable del control de cumplimiento de metas y plazos de ejecución de la obra, así como revisar, verificar y visar la conformidad de los bienes y servicios destinados a la ejecución de la obra.
Más allá de sus funciones, se interesó indebidamente en no revelar el retraso de entrega de bienes en el que se incurrió. Además no se precisaron las fechas de recepción.
El juez falló absolviendo a los acusados identificados como: Luis Ignacio Medina Flores, Miguel Ángel Pacheco Cuadros, Kelinda Rivera Linares, Ismael Chávez Carnero, Marco Antonio Ruiz, Manuel Máximo Chávez Catacora, Johnny Quispe Calcín y Carlos Huapaya Chumpitaz.
Se dispuso el sobreseimiento definitivo de la causa y la anulación de los antecedentes que se hayan podido generar en la presente causa.
El Juez Luis Antonio Talavera Herrera, sostuvo que se absuelve a los ex funcionarios de la MPMN, al tener en cuenta que el Ministerio Público tiene el deber de carga de la prueba, por lo tanto debió generar convicción y certeza en el juzgador respecto a los hechos que son materia de imputación penal y de debate probatorio, lo cual no ocurrió en juicio oral, siendo responsabilidad exclusiva de la parte acusadora. En consecuencia, la imputación realizada y los medios probatorios no fueron suficientes para establecer la culpabilidad de los acusados.