El abogado Román Suárez Ramos, convocado para asesorar legalmente en la solución al caso de las elecciones de la junta directiva del pueblo joven Alto Inclán, explicó el contexto en el cual se tomó la decisión de que puedan votar todos aquellos pobladores que tengan DNI con dirección de ese sector.
“Fuimos convocados a pedido del presidente del pueblo joven y ver la inaplicación de los estatutos y del reglamento de elecciones, que, en cierta forma lo habían elaborado, pero no (los pobladores) no estaban de acuerdo en aplicar tales instrumentos de la asociación, siendo algo contradictorio, pero, dadas las circunstancias y la realidad, se tomó el acuerdo de flexibilizar el reglamento y los estatutos de modo que todos los pobladores que tengan DNI de Alto Inclán puedan votar ese día”.
El abogado señaló que el criterio tomado en cuenta para que puedan ejercer su voto los moradores con DNI fue que este documento permite dar mayor acreditación sobre la residencia de los pobladores.
Finalmente, desde el punto de vista legal, señaló que la próxima directiva tendrá que modificar los estatutos y contemple incorporar el pedido de los pobladores.