El Sr. Teófilo Rene Peñaloza Chávez, presidente de la Asociación de Ex trabajadores de ENTEL Perú y Comuneros de CONTETEL Perú – base Moquegua, emitió una carta dirigido a este medio de comunicación, solicitando la rectificación y/o aclaración de la nota publicada en la edición del miércoles 29 de enero del 2020, sobre “Denuncian que exalcalde de Samegua promovió invasión de un terreno privado”, lo cual no se ajustaría a la verdad.
Según argumentan, el supuesto denunciante y propietario Wilmer Javier Robledo del Águila, no solamente sorprende la buena fe del medio periodístico, sino confunde a los lectores y a la opinión pública con informaciones distorsionadas e inexactas.
De acuerdo al testimonio (escritura pública) de independización y compra, que data del año 1986, los miembros de la Comunidad de Telecomunicaciones ENTEL Perú (ENTEL Perú) a través de la Asociación de Ex trabajadores de ENTEL Perú y Comuneros de CONTETEL Perú – base Moquegua, son propietarios del predio de 4 mil 800 m2 ubicado en el distrito de Samegua.
Los integrantes de la comunidad a la que representa, adquirió el dominio del terreno descrito, inscrito en la ficha correspondiente, en virtud a haberlo comprado de su anterior propietario, don Luis Alberto Zeballos Vélez, por el precio de 52 mil intis, según la escritura pública del 29-09-1986, ante el notario público Víctor Vargas Angulo, presentando el 7 de noviembre de 1986, Asiento 1678, Tomo Nro. 031.
Los citados documentos, no solamente acreditan que tienen la condición de propietarios y poseedores del predio urbano descrito, sino demuestran que el denunciante Wilmer Javier Robledo del Águila, está pretendiendo utilizar los medios de comunicación para mal informar y sorprender a la colectividad.
Agregan que, si la Municipalidad Distrital de Samegua les expidió la documentación correspondiente, es porque en su oportunidad, cumplieron con presentar todos los requisitos exigidos legalmente, por lo que resulta falsa la información, haciendo creer que la autoridad municipal actuó de modo irregular.
Si el ciudadano Wilmer Javier Robledo del Águila, pretende reclamar algún derecho, debe hacerlo en la vía judicial ordinaria.
Se adjunta documentos, como copia de escritura Nro. 148, que acreditan que los miembros de la organización compraron el predio rústico. Copia certificada de ficha en Registros Públicos.