La Segunda Fiscalía Superior Penal logró se confirme la sentencia contra Daniel Salomón Velásquez Quispe, como autor del delito contra la administración pública – cohecho, la misma que fue reformada y se fijó en 6 años y 8 meses con carácter de efectiva, mientras que se declaró nula la misma resolución que absolvió a otros dos efectivos policiales ordenando un nuevo juicio.
El sentenciado, sub oficial 2da, junto a a los SO3. Brayalin Dudu Santos Velásquez y Petter Moisés Guevara Quispe en marzo del 2014 custodiaban en la Región Policial a un intervenido por desobediencia y resistencia a la autoridad, a quien le solicitan 500 soles con el fin de no ponerlo a disposición, señalándole: “arreglamos o quieres irte a la cárcel”, según se desprende de la investigación fiscal.
La proposición fue aceptada por el intervenido Wilfredo Alisandy Duran Mamani, al no tener el dinero en el acto, todos salen de la sede policial en el vehículo del intervenido con dirección a su domicilio, sin embargo no consigue la suma solicitada, por lo que el sentenciado le concede un plazo, retirándose los efectivos policiales en el mismo vehículo.
Horas después el intervenido se contacta con Velásquez Quispe entregándole la suma de 450 soles, que es repartido entre los procesados, el intervenido se retira mientras los policías retornan, ahí son consultados del por qué no habían puesto a disposición del área respectiva al intervenido, por lo que vuelven a salir en búsqueda del intervenido lo detienen y recién lo ponen a disposición.
Estos fueron los hechos por los cuales fueron procesados y sustentados en segunda instancia por parte del fiscal adjunto superior, Luis Armando Ortiz Ticona, la Fiscalía había apelado la sentencia por absolución a los efectivos policiales y por la pena aplicada al sentenciado en primera instancia que estuvo a cargo del Primer Despacho de la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios.
Respecto a Duran Mamani fue intervenido primero por no contar con permiso de lunas polarizadas, cuando era conducido a la comisaria agrede y amenaza al efectivo policial, dándose a la fuga, siendo denunciado; por ese hecho es intervenido posteriormente, pagando para que sea dejado en libertad, por lo que también fue sentenciado a cuatro años de pena suspendida bajo reglas de conducta.
Cabe destacar que el delito de cohecho pasivo propio se da cuando un funcionario o servidor público, en este caso policías, solicita, directa o indirectamente, donativo, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio para realizar u omitir sus funciones, como se dio en este hecho y por la cual se dictaron las ordenes de captura contra el sentenciado y se llevará nuevamente a juicio a los otros dos policías implicados.