Agricultores de la región Arequipa denunciaron que las municipalidades de las ocho provincias venían comprando productos fuera de la región, afectando la producción local.
Por tanto, la jefa del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado en Arequipa, aclare que las comunas están obligadas a adquirir productos de los agricultores locales para los programas sociales.
BASE LEGAL
Esta obligación está amparada en la Ley 27767 del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria. La norma prescribe que las comunas deben adquirir productos de los agricultores locales para abastecer los programas sociales de la región.
Los productores de las provincias denunciaron incluso que las comunas adquirían productos como arroz o frijoles a empresarios fuera de la región a precios más elevados. Los municipios justificaban las adquisiciones amparándose en la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado.
DESINTERÉS DE ALCALDES PROVINCIALES DE AREQUIPA
Ante esta problemática, el congresista Horacio Zeballos organizó la mesa de trabajo “Marco regulatorio de contrataciones del Estado”. Para ello invitó a las autoridades responsables como OSCE, Contraloría, MIDIS y Minagri y a los ocho alcaldes provinciales.
Sin embargo, los burgomaestres no acudieron al evento. Esta actitud fue criticada por los demás funcionarios, pues son las autoridades ediles quienes ejecutan las compras para los programas sociales.
Es por ello que el congresista Horacio Zeballos señaló que la aclaración sobre la jerarquía de estas leyes es importante. Así, por más de cuatro años, los municipios provinciales se apegaban a la Ley 30225, afectando a los productores locales.
“Si no se apegan a cumplir la Ley como lo indica la OSCE, Contraloría aplicará las sanciones correspondientes”