Contaminación del Tambo: denuncian a los seis alcaldes de Islay por delito de omisión de funciones

Ramos Carrera, argumenta en sus denuncias contar con los elementos de convicción basados en resultados de laboratorios a muestras de agua que su persona gestionó de los afluentes del río Tambo, como son los ríos Aruntani y Titire.

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El ex alcalde distrital de Punta de Bombón, José Ramos Carrera, formalizó en los últimos días la presentación de una serie de denuncias penales en contra de los seis alcaldes de la provincia de Islay así como de funcionarios de la empresa Sedapar, OEFA y Ministerio de Salud de la región Arequipa por el delito de omisión de funciones, ante la presunta inacción de los denunciados al no tomar las acciones correctivas del caso ante los indicios de contaminación de los afluentes del río Tambo.

DENUNCIA A LOS SEIS ALCALDES

En el caso de la denuncia a los seis alcaldes, que incluye a Edgar Rivera, provincial de Islay; Fernando Zúñiga, distrital de Islay; Sandra Rivera, de Mejía; Richard Ale, de Deán Valdivia; Julio Cornejo, de Cocachacra y Raúl Rodríguez de Punta de Bombón, ésta fue presentada ante la Fiscalía Provincial Penal de Islay el 21 de junio, por lo que solicitó se admita la denuncia y se formalice ante el juzgado correspondiente, el inicio del proceso.

DENUNCIA EN AREQUIPA

En tanto, respecto a la denuncia penal a funcionarios de Sedapar, OEFA y Ministerio de Salud, esta fue presentada ante la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa el pasado 17 de junio,

ARGUMENTOS

Cabe precisar que el denunciante, Ramos Carrera, argumenta en sus denuncias contar con los elementos de convicción basados en resultados de laboratorios a muestras de agua que su persona gestionó de los afluentes del río Tambo, como son los ríos Aruntani y Titire. Por este motivo, indica que se denuncia a las autoridades porque ninguna ha realizado acciones para corregir el daño que le causa a la salud de la población de la provincia de Islay, consumir agua con niveles de contaminación fuera de los límites máximos permisibles.

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