SBS publicó el paso a paso para acceder a la jubilación anticipada

SBS publicó reglamento con al procedimiento para acceder el nuevo Régimen Especial de Jubilación Anticipada.

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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó el reglamento de la Ley del nuevo Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) para los afiliados en situación de desempleo, o la Jubilación Anticipada Ordinaria (JAO) de al menos 50 años en el caso de las mujeres y 55 en el de los hombres.

El  reglamento establece el procedimiento operativo, en términos de requisitos y plazos, que deben seguir las AFP respecto de las solicitudes que presenten los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) en caso deseen acceder al REJA.

En concreto se establece dos procedimientos para los afiliados que se acojan al REJA:

Uno para aquellos que solo perciben ingresos de quinta categoría (no tienen RUC). Otro para los aquellos que sí tienen RUC, y que son potenciales perceptores de rentas de cuarta categoría y/o  cuarta – quinta categoría

TRABAJADORES CON RUC

En el caso de estos últimos, los afiliados deben demostrar que perciben ingresos anuales menores o igual al valor equivalente a 7 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) o S/29,400 en los últimos 12 meses. Para ello deberán presentar un documento que será expedido en línea por la Sunat.

TRABAJADORES SIN RUC

Para el caso de afiliados que no tengan RUC, no se requiere el documento.

En caso el afiliado no cuente con RUC, la AFP verifica que el afiliado no registra aportes obligatorios acreditados o devengados respecto de los últimos doce (12) meses consecutivos de devengue previos a la presentación de la Solicitud de Acceso al REJA, generando un Estado de Cuenta que forma parte del expediente.

Los afiliados, cuyo acceso al REJA resulte procedente, son informados por las AFP bajo el Formato de Determinación de Acceso al Régimen del REJA, pudiendo hacer uso de las opciones de pensión y/o retiro.

JUBILACIÓN ANTICIPADA ORDINARIA

En el caso de la Jubilación Anticipada Ordinaria, se establece el procedimiento para acceder al beneficio, considerando que el promedio de remuneraciones de los últimos 10 años para evaluar el acceso, no considerará las gratificaciones de julio y diciembre.

Los varones desde los 55 años y las mujeres desde los 50 que quieran acogerse tienen que acreditar que su fondo de pensiones le puede garantizar una pensiónigual o superior al 40% de su sueldo promedio de los últimos diez años.

Así, si una persona tiene un sueldo promedio de S/3,000 soles en diez años, su fondo de pensiones tiene que garantizarle una pensión de al menos S/1,200 mensuales pra poder acogerse.

También se precisa un período de tres meses de no aplicación de las modificaciones a la JAO, para aquellos afiliados que hubiesen realizado algún aporte voluntario a su AFP en dicho período.

Con la presente norma se busca que las AFP revisen el cumplimiento de requisitos dispuestos por Ley para aprobar las solicitudes presentadas por el afiliado.

Se está disponiendo la prepublicación del proyecto de reglamento en el portal web de la SBS (www.sbs.gob.pe) por un plazo de siete días calendario, que concluirá el próximo miércoles 15 de mayo, durante el cual se podrán hacer llegar comentarios y sugerencias.

Para determinar el acceso al REJA, la AFP debe generar el formato “Determinación de acceso al REJA”, el cual debe reunir, como contenido mínimo, la información siguiente:

DATOS

  1. Tipo y número de documento de identidad del afiliado;
  2. Nombres y apellidos;
  3. Domicilio, número de teléfono y correo electrónico;
  4. Detalle de los requisitos contemplados en la Ley y el cumplimiento de estos por parte del afiliado;
  5. Campo donde se indique la procedencia o rechazo al acceso al REJA;
  6. Campo donde se indique el motivo de rechazo al acceso al REJA, de ser el caso;
  7. Fecha y firmas del afiliado y representante de la AFP.

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