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22 noviembre, 2024 9:51 pm

Pleno del Congreso aprobó la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia

El Pleno aprobó con 80 votos a favor y 16 en contra el texto trabajado en la Comisión de Justicia del Congreso. La Junta Nacional de Justicia reemplazará al ex Consejo Nacional de la Magistratura en el nombramiento, ratificación y sanción a jueces y fiscales.

El Pleno del Congreso aprobó el texto sustitutorio de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), organismo que reemplazará al ex Consejo Nacional de la Magistratura en el nombramiento, ratificación y sanción a jueces y fiscales.

Así quedó la votación: 80 votos a favor, 16 en contra y cero abstenciones durante la primera votación. Luego se aprobó por mayoría exonerarlo de segunda votación.

El presidente de la Comisión de Justicia, Alberto Oliva, pidió ir directamente al voto por tratarse de un texto sustitutorio consensuado.

Sin embargo, se abrió el debate con la intervención de los congresistas. Marco Arana del Frente Amplio solicitó incluir en el dictamen, la prohibición de postular a la JNJ a quienes tengan denuncias por delitos dolosos. De una igual opinión fue la legisladora de Alianza para el Progreso, Gloria Montenegro.

A su turno, Salvador Heresi, no agrupado, expresó su rechazo a dicho planteamiento por existir el derecho de la presunción de inocencia.

Alberto Quintanilla de Nuevo Perú insistió en el tema de la paridad en la conformación de la JNJ. Yhony Lescano de Acción Popular propuso que se establezca en la ley, el levantamiento del secreto bancario y de las comunicaciones de los postulantes a la junta. El debate continúa.

Esta sesión será la última de la primera legislatura ordinaria 2018-2019 del Congreso, ampliada hasta ayer para poner a debate los proyectos de ley enviados por el Ejecutivo con carácter de urgencia sobre la reforma del sistema de justicia.

LEY ORGÁNICA DE LA JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA (JNJ)

La ley establece las competencias de la JNJ, precisa que serán siete sus integrantes elegidos por un periodo de cinco años, sin reelección inmediata, así como los requisitos para ser elegido, los impedimentos y el procedimiento de elección, a través de un concurso público.

Establece también el procedimiento para la ratificación, evaluación, destitución, amonestación, suspensión e investigación disciplinaria contra los jueces y fiscales.

Incluye también una creación de una Comisión Especial que se encargará de convocar al concurso público para la selección de los integrantes de la JNJ.

La Comisión Especial estará presidido por el defensor del Pueblo, el presidente del Poder Judicial, el fiscal de la Nación, el presidente del Tribunal Constitucional, el contralor y un rector elegido por las universidades públicas y otro por las privadas con 50 años de antigüedad.

Análisis & Opinión